El Hospital atendió a 45 personas con distintas heridas tras el vuelco del colectivo

  La Secretaria de Salud de la Municipalidad de San Pedro, Dra. María Isabel Carrasco, destacó el funcionamiento del protocolo de emergencias tras el accidente ocurrido en el kilómetro 178 de la Ruta Nacional 9. Según confirmó la funcionaria en declaraciones a La Radio 92.3, un total de 45 personas fueron atendidas en el sistema público local luego de que el transporte de larga distancia despistara y volcara en horas de la madrugada. "Era un colectivo que venía de Córdoba, con gente que estaba de vacaciones y volvían a Buenos Aires y Mar del Plata. Ingresaron al hospital 45 pacientes. Algunos con heridas leves se fueron por sus propios medios", detalló Carrasco al describir el panorama inicial en la guardia del Hospital Municipal "Dr. Emilio Ruffa". Un protocolo de asistencia en red La funcionaria puso de relieve la eficacia del plan de contingencia diseñado para situaciones de catástrofe o accidentes múltiples, el cual permitió una distribución estratégica de los r...

Reiteran la obligación de exhibir la data fiscal en locales habilitados

La Dirección de Rentas de la Municipalidad reiteró la obligatoriedad de exhibir la data fiscal municipal a través de un código QR. 
El decreto 617/2017 remarca que esa situación rige para todos los contribuyentes de la Tasa de Seguridad e Higiene. 

La data fiscal deberá estar exhibida en locales de venta, locación o prestación de servicio, salas de espera, oficinas o recepciones. 
El código QR será enviado por única vez por la Dirección de Rentas de manera impresa y al domicilio fiscal del contribuyente. Luego, en caso de necesitar una copia, el interesado podrá obtenerla de la web del municipio o solicitarla en el Departamento de Comercios. 
Es importante remarcar que el plazo para cumplir con este requisito es el 30 de junio, quien no lo haga podrá sufrir la pérdida de los descuentos por buen contribuyente; no podrá acordar planes de pago que superen las seis cuotas; se analizará la aplicación de multas y hasta se podrá proceder a la clausura del local en los términos del artículo 71 de la Ordenanza Nº 6238.