El Sindicato de Trabajadores Municipales anunció un nuevo paro ante el "incumplimiento del Ejecutivo"

  El Sindicato de Trabajadores Municipales (STM) de San Pedro convocó a una nueva medida de fuerza gremial ante una serie de reclamos laborales irresueltos. Los principales ejes del conflicto gremial giran en torno al incumplimiento en la entrega de indumentaria, elementos y herramientas de trabajo; retrasos en las recategorizaciones y en los pases a planta permanente; deudas en el pago de bonificaciones, así como deficiencias en las condiciones de seguridad e higiene y en el mantenimiento de la totalidad del parque automotor local. Al respecto, el secretario general del STM, Juan Cruz Acosta, se refirió a la situación en declaraciones al programa local "Equipo de Radio" y manifestó: "En realidad estamos peleando por lo mismo, estamos cansados del incumplimiento del Ejecutivo. Estamos exigiendo que nos den la ropa, las recategorizaciones".

Nuevo régimen municipal prevé ingresos a planta por concurso

El Departamento Ejecutivo envió al Concejo Deliberante un proyecto de ordenanza que establece el régimen de empleo público para el personal de la Municipalidad de San Pedro. 
La ordenanza ingresará formalmente en la sesión extraordinaria prevista para el miércoles a las 9 de la mañana. 
La norma está basada en la sanción de la Ley Provincial N° 14.656 que establece el Régimen Marco de Empleo de los trabajadores de las Municipalidades.  

Dicha Ley dispone que las relaciones de empleo público de los trabajadores rijan por las Ordenanzas dictadas por sus Departamentos Deliberativos. 
Entre los puntos destacados se encuentra el ingreso a planta permanente, regido por el artículo 15. “El ingreso a la planta permanente se formalizará mediante acto administrativo emanado de la autoridad de aplicación, previo concurso público o procedimiento especial de selección, ello de conformidad con las reglas que establezca el Departamento Ejecutivo” plantea. 
En el mismo artículo queda plasmado que “el agente deberá ingresar por la categoría correspondiente al grado inferior de la clase inicial de cada agrupamiento. Excepcionalmente se podrá ingresar por otra categoría cuando el trabajador acredite capacidad manifiesta o formación suficiente para la cobertura de la misma, mediante acto administrativo de designación debidamente fundado”. 
El artículo 18 regula el período de prueba: “Todo nombramiento en la planta permanente es provisional hasta tanto el agente adquiera estabilidad. El período de prueba comprende tanto el caso del personal ingresante como los ascensos y jerarquizaciones. La estabilidad se adquiere a los doce (12) meses de la toma de posesión del cargo en la planta permanente. Durante el periodo de prueba al agente podrá exigírsele la realización de acciones de capacitación y/o formación cuyo resultado podrá condicionar su situación definitiva”.