Municipales acuerdan aumento salarial del 8,60% y revisión en mayo

  El Departamento Ejecutivo Municipal de San Pedro y representantes de los gremios municipales lograron un acuerdo salarial que establece un incremento del 8,60% a incorporarse al básico de los salarios devengados en el mes de abril de 2025.  El acuerdo se alcanzó en el marco de la continuidad de la negociación salarial y fue aceptado por la representación sindical. El incremento del 8,60% toma como base la metodología de equiparar los aumentos al Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por el INDEC, acumulando el mismo guarismo para los meses de enero, febrero y marzo del corriente año.

La Cámara de Comercio celebró el rechazo de la Legislatura Bonaerense al uso obligatorio del posnet

El rechazo de la Legislatura Bonaerense al uso obligatorio del posnet en los comercios fue celebrado por la Cámara Argentina de Comercio (CAC), que planteó la necesidad de “asegurar la libertad de cada empresario para adoptar los medios de cobranza y tecnología que considere más aptos para su actividad”. 
En una nota enviada por la CAC al Centro de Comercio e Industria, sostiene que realizaron “gestiones ante múltiples organismos en favor de las PyMEs de la Provincia de Buenos Aires, que resultarían perjudicadas en caso de que dicha obligación se hubiera aprobado”. 

Para la CAC, “muchos de los pequeños comercios de la Provincia de Buenos Aires no tienen la estructura necesaria para afrontar los costos vinculados con la operatoria de ventas con tarjeta de débito y/o crédito”. 
 Además, argumenta que “en el caso de las tarjetas de crédito, los plazos de pago a las empresas para las operaciones a pagar en cuotas por los consumidores se han extendido, en las principales emisoras, de 48 hs a 18 días hábiles (24 a 26 días corridos)”, lo que significa “un esfuerzo de financiamiento difícil de superar para las PyMEs de la Provincia de Buenos Aires”. 
Entre otras cuestiones, la nota enfatiza el apoyo de la CAC a “la transparencia y la formalización de las actividades productivas”, sostiene que “no es facultad del Estado exigir a las empresas utilizar mecanismos de pago que no sean la moneda de curso legal, y que es necesario asegurar la libertad de cada empresario para adoptar los medios de cobranza y tecnología que considere más aptos para su actividad”.