Básquet: Náutico U15 hizo historia, clasificó a a la Liga Federal y a semifinales del Provincial

El equipo masculino de la categoría U15 del Club Náutico San Pedro avanzó a las semifinales de la Región Norte de la Liga Provincial de Clubes 2026, luego una doble victoria como local a Somisa de San Nicolás que, además, le aseguró un lugar en el Federal de la categoría.   El sábado por la noche, en un gimnasio José "Pepe" Geoghegan repleto, el local dio vuelta un partido que había comenzado complicado y se impuso con claridad por 85 a 56. Ignacio Caffaratti sumó 26 puntos y 5 rebotes, Rafael Marzoratti quedó con 23 tantos y 11 rebotes y Rafael Rey registró 15 unidades y 9 tableros. 

La Cámara de Comercio celebró el rechazo de la Legislatura Bonaerense al uso obligatorio del posnet

El rechazo de la Legislatura Bonaerense al uso obligatorio del posnet en los comercios fue celebrado por la Cámara Argentina de Comercio (CAC), que planteó la necesidad de “asegurar la libertad de cada empresario para adoptar los medios de cobranza y tecnología que considere más aptos para su actividad”. 
En una nota enviada por la CAC al Centro de Comercio e Industria, sostiene que realizaron “gestiones ante múltiples organismos en favor de las PyMEs de la Provincia de Buenos Aires, que resultarían perjudicadas en caso de que dicha obligación se hubiera aprobado”. 

Para la CAC, “muchos de los pequeños comercios de la Provincia de Buenos Aires no tienen la estructura necesaria para afrontar los costos vinculados con la operatoria de ventas con tarjeta de débito y/o crédito”. 
 Además, argumenta que “en el caso de las tarjetas de crédito, los plazos de pago a las empresas para las operaciones a pagar en cuotas por los consumidores se han extendido, en las principales emisoras, de 48 hs a 18 días hábiles (24 a 26 días corridos)”, lo que significa “un esfuerzo de financiamiento difícil de superar para las PyMEs de la Provincia de Buenos Aires”. 
Entre otras cuestiones, la nota enfatiza el apoyo de la CAC a “la transparencia y la formalización de las actividades productivas”, sostiene que “no es facultad del Estado exigir a las empresas utilizar mecanismos de pago que no sean la moneda de curso legal, y que es necesario asegurar la libertad de cada empresario para adoptar los medios de cobranza y tecnología que considere más aptos para su actividad”.