El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

La línea de Atrip sostiene que la lista de Veiga no está habilitada para las elecciones del PJ

El sector que postula como candidato a presidente del Partido Justicialista de San Pedro a Norberto Atrip, dio a conocer su interpretación sobre el fallo del Juez Blanco sobre el recurso de apelación contra las resoluciones 17 y 21 de la Junta Electoral Bonaerense.
La actual conducción partidaria considera que la lista que encabeza Mariano Veiga no está habilitada para los comicios partidarios del próximo domingo.

“Lo que tengo entendido es que el fallo del juez Blanco invalida un par de resoluciones de la Junta Electoral, incluyendo una de la lista del otro sector y tendría que volver a emitir una resolución convalidando la lista completa para lo que debían modificar un par de personas que no reúnen la antigüedad suficiente” indicó el candidato a Vicepresidente de la línea de Atrip, Pedro Restelli. “También es cierto que de acuerdo a la carta orgánica los plazos para reponer esos nombres están cumplidos” agregó.
La siguiente es la parte dispositiva de la sentencia:
6 de Diciembre de 2013
1º) Dejar sin efecto la Res. 21/2013 de fecha 28/11/2013 de la junta electoral del P:J. de la pcia de Buenos Aires
2º) Revocar la Res. Nº 17/2013 de fecha 26/11/2013 de la junta electoral del PJ de la pcia de BA
3º) Hacer lugar al recurso de apelación interpuesto y en consecuencia hacer saber a la junta electoral que deberá dictar una nueva resolución oficializando la lista Nº 2 peronismo para la victoria previa adecuación de la misma de conformidad a los dispuesto en los considerandos precedentes excluyen a los candidatos cuestionados Fascio y Moreno”.