Nueva dirección en la web y nuevo diseño para Noticias San Pedro

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Voto obligatorio para extranjeros residentes

Los extranjeros residentes en la provincia de Buenos Aires, inscriptos en el padrón, deberán votar obligatoriamente para elegir legisladores provinciales, concejales y consejeros escolares. Desde de la sanción de la Ley 14.086, en 2009, el sufragio de los residentes extranjeros pasó a ser obligatorio por lo que deberán participar de las legislativas.
El artículo 1° de la Ley 14.086 establece que “son electores todos los ciudadanos empadronados y los extranjeros que se encuentren inscriptos en el registro establecido por la Ley 11.700 modificada por la Ley12.312”. El mismo artículo aclara que “la emisión del sufragio será obligatoria.”


La no emisión del sufragio sin justificativo alguno, constituye una falta electoral, ya que la Ley 5.109 dispone las sanciones por no emitir el voto. El elector que sin causa legal no emita su voto, sufrirá multa.