Comienza la implementación del Programa de Salud Escolar Bonaerense en primer grado de las escuelas locales

 La Secretaría de Salud, comunicó que este miércoles se pondrá en marcha la aplicación local del Programa de Salud Escolar Bonaerense, una iniciativa impulsada por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires. El despliegue territorial de las jornadas de atención médica tendrá su inicio en las instalaciones de la Escuela Primaria Nº 4, ubicada en la calle Depietri 750.

Voto obligatorio para extranjeros residentes

Los extranjeros residentes en la provincia de Buenos Aires, inscriptos en el padrón, deberán votar obligatoriamente para elegir legisladores provinciales, concejales y consejeros escolares. Desde de la sanción de la Ley 14.086, en 2009, el sufragio de los residentes extranjeros pasó a ser obligatorio por lo que deberán participar de las legislativas.
El artículo 1° de la Ley 14.086 establece que “son electores todos los ciudadanos empadronados y los extranjeros que se encuentren inscriptos en el registro establecido por la Ley 11.700 modificada por la Ley12.312”. El mismo artículo aclara que “la emisión del sufragio será obligatoria.”


La no emisión del sufragio sin justificativo alguno, constituye una falta electoral, ya que la Ley 5.109 dispone las sanciones por no emitir el voto. El elector que sin causa legal no emita su voto, sufrirá multa.