El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

La Asesoría General de Gobierno dio una opinión favorable a que Bomberos administre el Balneario

La Asesoría General de Gobierno de la provincia de Buenos Aires envió al Concejo Deliberante una respuesta con respecto a la consulta efectuada sobre la validez del convenio precario suscripto entre el Ejecutivo Municipal y la Asociación de Bomberos Voluntarios para la administración del balneario municipal.
Luego de los cuestionamientos formulados desde la oposición, el organismo provincial sostiene que no existen impedimentos para que el acuerdo pueda aprobarse en el deliberativo local.

Con respecto al primero de los puntos consultados (si la figura de permiso precario resulta aplicable al caso o debió utilizarse la de “concesión pública”) el organismo indicó que “el permiso de uso que se otorga a la entidad posee debido respaldo normativo” ya que la Ley habilita “a acordar la tenencia de inmuebles de esta categoría no solo bajo “concesión de uso”, sino además bajo cualquier otra modalidad administrativa”.
De todos modos, aclara luego que “el permiso de uso, dado su naturaleza precaria, es eminentemente revocable y –por lo tanto- no atribuye facultad alguna al beneficiario sobre el inmueble ni genera el mismo derecho a indemnización”.

Sobre el punto de mayor controversia, si la Asociación de Bomberos se encuentra estatutariamente en condiciones de explotar el camping, aclaran que “si bien el objeto social concreto de la entidad es natural y específicamente la prevención y extinción de incendios, se encuentra complementariamente habilitada para realizar todas aquellas tareas y actividades ilícitas que importen la obtención de fondos o entradas destinados a solventar los costos resultantes de la realización del objeto propio de la Asociación”.