El Hospital atendió a 45 personas con distintas heridas tras el vuelco del colectivo

  La Secretaria de Salud de la Municipalidad de San Pedro, Dra. María Isabel Carrasco, destacó el funcionamiento del protocolo de emergencias tras el accidente ocurrido en el kilómetro 178 de la Ruta Nacional 9. Según confirmó la funcionaria en declaraciones a La Radio 92.3, un total de 45 personas fueron atendidas en el sistema público local luego de que el transporte de larga distancia despistara y volcara en horas de la madrugada. "Era un colectivo que venía de Córdoba, con gente que estaba de vacaciones y volvían a Buenos Aires y Mar del Plata. Ingresaron al hospital 45 pacientes. Algunos con heridas leves se fueron por sus propios medios", detalló Carrasco al describir el panorama inicial en la guardia del Hospital Municipal "Dr. Emilio Ruffa". Un protocolo de asistencia en red La funcionaria puso de relieve la eficacia del plan de contingencia diseñado para situaciones de catástrofe o accidentes múltiples, el cual permitió una distribución estratégica de los r...

Informan sobre la importancia de guardar el troquel de constancia de votación en las PASO

Los votantes que se acercaron a sufragar con cualquiera de los documentos de identidad válidos para la elección debieron firmar el padrón a la salida del cuarto oscuro y se fueron a casa con un papelito de la Justicia Nacional Electoral que sirve como constancia de voto. 
La pregunta recurrente, ante el riesgo de perderlo o que se traspapele, es cuánto tiempo hay que guardarlo. 
El plazo requerido es de dos meses. 


Ese troquel, recortado del padrón, tiene los datos del votante, la fecha y motivo de la elección: en este caso, "Elecciones Primarias".
Al cabo de ese plazo, la Cámara Nacional Electoral publicará un listado con la nómina de quienes no votaron y, una vez que el elector corrobore que no aparece en él, conservarlo no será necesario.
El Registro quedará constituido por la nómina de los electores nacionales mayores de 18 años y menores de 70 años que no hayan emitido el voto, ni hayan justificado su no emisión, indicándose en cada caso si se ha pagado o no la multa correspondiente.
"La no inclusión de una persona en dicho Registro bastará para tener por cumplida la obligación de votar a su respecto o por justificada su omisión", subraya el sitio de la Cámara Nacional Electoral.
Si a pesar de haber votado el elector aparece en el registro de infractores, y además no cuenta con la constancia, aún se puede solicitar a la autoridad competente que verifique la firma en el padrón.
Cabe recordar que la no emisión del voto se considera una falta electoral y mediante una acordada extraordinaria, la Cámara Nacional Electoral determinó el monto de las multas para quienes no voten en las elecciones primarias y las nacionales.
La penalización por no votar ni justificar la omisión en las primarias será de 50 pesos y, en las legislativas de octubre próximo, de 100 pesos. No obstante, quienes no hayan votado en las primarias pueden hacerlo en las elecciones generales.

La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia nacional electoral