El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Informan sobre la importancia de guardar el troquel de constancia de votación en las PASO

Los votantes que se acercaron a sufragar con cualquiera de los documentos de identidad válidos para la elección debieron firmar el padrón a la salida del cuarto oscuro y se fueron a casa con un papelito de la Justicia Nacional Electoral que sirve como constancia de voto. 
La pregunta recurrente, ante el riesgo de perderlo o que se traspapele, es cuánto tiempo hay que guardarlo. 
El plazo requerido es de dos meses. 


Ese troquel, recortado del padrón, tiene los datos del votante, la fecha y motivo de la elección: en este caso, "Elecciones Primarias".
Al cabo de ese plazo, la Cámara Nacional Electoral publicará un listado con la nómina de quienes no votaron y, una vez que el elector corrobore que no aparece en él, conservarlo no será necesario.
El Registro quedará constituido por la nómina de los electores nacionales mayores de 18 años y menores de 70 años que no hayan emitido el voto, ni hayan justificado su no emisión, indicándose en cada caso si se ha pagado o no la multa correspondiente.
"La no inclusión de una persona en dicho Registro bastará para tener por cumplida la obligación de votar a su respecto o por justificada su omisión", subraya el sitio de la Cámara Nacional Electoral.
Si a pesar de haber votado el elector aparece en el registro de infractores, y además no cuenta con la constancia, aún se puede solicitar a la autoridad competente que verifique la firma en el padrón.
Cabe recordar que la no emisión del voto se considera una falta electoral y mediante una acordada extraordinaria, la Cámara Nacional Electoral determinó el monto de las multas para quienes no voten en las elecciones primarias y las nacionales.
La penalización por no votar ni justificar la omisión en las primarias será de 50 pesos y, en las legislativas de octubre próximo, de 100 pesos. No obstante, quienes no hayan votado en las primarias pueden hacerlo en las elecciones generales.

La multa podrá pagarse en cualquier sucursal del Banco de la Nación Argentina y en las demás entidades que se habiliten para el cobro con la boleta de pago generada en el sitio web de la justicia nacional electoral