El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Condenaron a cinco años de prisión a Kevin Romero por el asalto armado a una tienda

El Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 de San Nicolás condenó el lunes a Kevin Alan Romero a cinco años de prisión por el asalto a mano armada de una tienda. 
 El 18 de enero de 2012 alrededor de las 19.35, Romero se apersonó en el comercio de venta de indumentaria “Oxígeno”, situado en bulevar Moreno 1026 y, mediante intimidación con un arma de fuego a la propietaria de la tienda, se apoderó ilegítimamente de aproximadamente mil pesos y de varias bermudas. 

De acuerdo al relato de la víctima, Romero se presentó con un revolver largo con tambor y le apuntó para obligarla a entregarle el dinero de la caja, además de apoderarse de ropa. 
 Tiempo después se presentó el padre del asaltante y, tras pedir disculpas diciendo que “era un trabajador como ella” y que “le dolía que él hijo actuara así”, le devolvió la plata que le había sustraído. 
 Romero fue condenado como autor penalmente responsable de los delitos de robo calificado por el uso de arma de fuego cuya ofensividad no fue acreditada y robo en concurso real, en los términos de los artículos 166 inciso 2do. párrafo 3ro., 164 y 55 del Código Penal, a la pena de cinco años de prisión, con la accesoria del artículo 12 del citado Código.