Actividad portuaria: un buque cargará 33.000 toneladas de trigo y una draga espera en la rada

  El Consorcio de Gestión del puerto de San Pedro anunció el arribo de un buque de gran porte para la exportación de granos y la presencia de maquinaria especializada para el mantenimiento de la vía navegable, según confirmaron hoy fuentes portuarias. En el sector del muelle elevador se espera para la mañana de este domingo el arribo del buque Navi Lyra, una embarcación de 178,41 metros de eslora que navega bajo la bandera de Liberia. El navío procede de la vecina localidad de San Nicolás y tiene como objetivo completar una importante carga de aproximadamente 33.000 toneladas de trigo con destino a los puertos de Brasil.

Piden que se controlen los cobros adicionales en las tarjetas telefónicas y cargas virtuales

Fue aprobado en la última sesión de la Cámara Baja Provincial, el proyecto presentado por el diputado de la UCR, Dr. Walter Carusso, quien pide que se instrumenten las medidas necesarias para garantizar que todos aquellos comercios que ofrecen tarjetas telefónicas prepagas  para celulares o cargas virtuales en el territorio de la provincia de Buenos Aires, no cobren adicionales al monto solicitado por el cliente.
Muchos establecimientos donde se venden tarjetas telefónicas o hacen créditos virtuales, están cobrando adicionales al monto solicitado por el cliente que van desde el peso a los tres pesos. Este tipo de operatoria está infringiendo la actual Ley de Defensa al Consumidor.

Según explicaron en el Congreso,  la empresa le da al cliente la posibilidad, y así lo oferta, de obtener crédito en su celular con la modalidad de tarjeta prepaga o cargas virtuales a un determinado precio. Y dentro de ese monto, está incluida la comisión del comerciante que no paga la tarjeta, por ejemplo, a veinte pesos, sino a un precio mucho menor, previéndose que dentro de ese margen que le queda, está también la carga impositiva.
El cobro de cualquier plus a la compra de tarjetas telefónicas o cargas virtuales configura una clara infracción al Art. 7º de Ley Nacional 24.240 de Defensa del Consumidor que expresa: “La oferta dirigida a consumidores potenciales indeterminados, obliga a quien la emite durante el tiempo en que se realice, debiendo contener la fecha precisa de comienzo y de finalización, así como también sus modalidades, condiciones o limitaciones”.
Las tarjetas de recarga para teléfonos celulares son productos que se comercializan bajo una reglamentación de precios, por lo tanto, aplicar un monto extra no está permitido.

“Sin lugar a dudas estamos frente a una práctica que genera un fuerte impacto en el bolsillo del consumidor. No sólo por los adicionales que se les cobra, sino también porque en muchos casos los comerciantes sólo hacen recargas a quien realice otra compra, forzando consumos imprevistos”, argumentó el Diputado Carusso.