Rematan en septiembre la ex Clínica San Pedro para saldar deudas con extrabajadoras

 La Justicia ordenó la subasta electrónica del 100% del inmueble de la ex Clínica Privada San Pedro S.A., ubicada en la calle Belgrano 505 de esta ciudad, con una base de $84.639.786. El remate, que busca saldar deudas por despidos con exempleadas, se iniciará el próximo 8 de septiembre y durará diez días hábiles, de acuerdo al edicto publicado esta semana en "El Diario de San Pedro". La subasta fue dispuesta por el Tribunal de Trabajo N° 3 de San Nicolás en el marco de la causa "González Clarisa Mariel c/ Clínica Privada San Pedro S.A. s/ Despido". Según el edicto judicial, la decisión se tomó para cumplir con la sentencia que reconoció el despido injustificado y la falta de pago a trabajadoras del centro de salud, que cerró sus puertas de manera abrupta en 2019, dejando a decenas de empleados en la calle.

Charla sobre el nuevo plan de pagos de AFIP


Se realizará este lunes, en las instalaciones del Centro de Comercio, de 14 a 17, una charla a cargo de responsables de la AFIP, sobre los alcances del Plan de Pagos dispuesto por la Resolución General 3451.
Asistirán integrantes del Círculo de Contadores y en su desarrollo, se brindarán mayores detalles sobre el particular.
El plan comprende hasta 120 cuotas para un gran número de obligaciones en mora y la adhesión al mismo estará vigente hasta el 31 de Julio.


Vale recordar que pueden incluirse en este plan las siguientes obligaciones:

• Obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, cuyo vencimiento de presentación y pago haya operado hasta el 28 de febrero de 2013, inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas.
• Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el 28 de febrero de 2013, inclusive, por tributos a la importación o exportación, sus intereses y actualizaciones.
• El impuesto que recae sobre las erogaciones no documentadas (art. 37 Ley  de  Ganancias).
• Las deudas derivadas de ajustes de inspección, en tanto el contribuyente conforme la pretensión fiscal.
• Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el contribuyente se allane o desista de toda acción y derecho por los conceptos y montos por los que formula el acogimiento, y asuma el pago de las costas y gastos causídicos.
• Obligaciones de cualquier tipo que hubieran sido incluidas en planes de facilidades de pago a través del Sistema “Mis Facilidades”.

Obligaciones excluidas:

• Las retenciones y percepciones -impositivas o previsionales-, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia.
• Los anticipos y/o pagos a cuenta.
• Los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales y las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

Condiciones del plan:
• Hasta 120 cuotas.
• Cuotas mensuales, iguales y consecutivas.
• Monto de cada cuota igual o superior a $ 150.-.
• Tasa de interés mensual de financiamiento del 1,35%.

Adhesión al plan:
• La adhesión podrá solicitarse por única vez y hasta el día 31 de julio de 2013, inclusive.
• Deberá realizar la adhesión a través del servicio  “Mis Facilidades”, utilizando la opción “PLAN DE FACILIDADES DE PAGO RG 3.451”.

Vencimiento de cuotas:

Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se formalice la adhesión y se cancelarán mediante débito directo en cuenta bancaria.