Allanamiento y secuestro de arma de fuego por denuncia de amenazas de muerte

Efectivos policiales de La Tosquera y Río Tala llevaron a cabo una diligencia judicial en el marco de una investigación por amenazas. Se incautó una escopeta calibre 16 en el domicilio del imputado, quien no se encontraba en el lugar. ​Personal del Destacamento La Tosquera, en colaboración con el Destacamento Río Tala, cumplimentó ayer una orden de allanamiento librada por el Juzgado de Garantías Nro. 01 del Departamento Judicial San Nicolás. ​La medida se realizó en el marco de una causa iniciada el pasado 30 de octubre, a raíz de la denuncia de un hombre de 49 años que manifestó haber recibido amenazas de muerte. ​El allanamiento tuvo lugar en un domicilio ubicado en la calle bajada basural S/N, Cuartel 3° de La Tosquera. Al llegar al lugar, el personal policial fue atendido por la pareja del imputado, una mujer de 29 años, ya que el principal investigado no se encontraba en la vivienda. ​La diligencia judicial arrojó resultado positivo, procediéndose al secuestro de una ...

Abren el registro de mayores contribuyentes

Desde 2 y hasta el 16 de Mayo, inclusive, estará abierto el Registro de Mayores Contribuyentes.
Los interesados pueden dirigirse a la Secretaria de Economía y Hacienda, Carlos Pellegrini 150, de 8 a 13 horas.

Uno de los primeros compromisos de los mayores contribuyentes, de aprobarse algún proyecto en el Concejo Deliberante, sería analizar las Ordenanzas Fiscal e Impositiva.
A los fines del artículo 184º, incisos 2 y 3 de la Constitución, tienen la calidad de mayores contribuyentes, los vecinos que paguen anualmente impuestos municipales que en conjunto excedan los doscientos pesos ($ 200).
No podrán inscribirse:
a. Los que no tengan su domicilio real y permanente en el municipio.
b. El Intendente y los Concejales.
c. Los incapaces, los quebrados y concursados civiles.
d. Los que estén comprendidos en las inhabilidades e incompatibilidades establecidas en los artículos 6º y 7º.
e. Las personas jurídicas.
Dentro de los diez días siguientes el Intendente remitirá al Concejo Deliberante la nómina de los inscriptos. Si no hubiere inscriptos o su número no alcanzare al del doble de los concejales, el Intendente la integrará o completará de oficio.
El Concejo Deliberante comprobará si los inscriptos reúnen las condiciones establecidas en la presente Ley y, en su caso, eliminará a quienes no la llenen.
Cumplidas las disposiciones de los incisos precedentes, cada grupo político representado en el Concejo propondrá en sesión citada al efecto, un número de mayores contribuyentes, tomados de la nómina aprobada por el Cuerpo, igual al doble de concejales que integren dicho grupo político. El Presidente del Concejo, dentro de los cinco días, deberá remitir dichas listas al Intendente Municipal quien, dentro del quinto día, elegirá de cada lista un número igual al de Concejales que integrarán el respectivo grupo político proponente, integrando con ellos la lista definitiva de mayores contribuyentes. Con los restantes propuestos formará las listas de suplentes, quienes sustituirán a los titulares de las mismas en el orden que les asignará. En el supuesto de que los grupos políticos en la sesión citada al efecto no propusieren su lista o lo hicieren en número insuficiente, el Intendente Municipal la integrará o completará en su caso con contribuyentes inscriptos en la nómina aprobada por el Concejo.
Ambas nóminas definitivas serán comunicadas dentro de los tres días al Concejo Deliberante.