La primera campaña municipal de residuos electrónicos recuperó más de 2.300 kilos de materiales

El Municipio de San Pedro completó con éxito la primera campaña municipal de recepción y recupero de residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (RAEE), una iniciativa desarrollada durante los meses de junio y julio que permitió recolectar un total de 2.373,7 kilos de materiales en desuso en todo el Partido. La propuesta, llevada adelante a través de la Dirección de Ambiente de la Secretaría de Desarrollo Económico, se organizó en dos etapas territoriales. La primera fase se desplegó en distintos sectores de la ciudad cabecera, instalando puntos de recepción en las inmediaciones de la Escuela Normal, la Escuela Industrial, Plaza Constitución y el barrio San Javier. Posteriormente, la campaña extendió su cobertura hacia las localidades de Gobernador Castro, Río Tala, Santa Lucía, Pueblo Doyle y Vuelta de Obligado. Durante el último traslado logístico, se enviaron 417,4 kilos correspondientes a lo acopiado en las delegaciones del interior del distrito, completando así la e...

El Juzgado Federal de San Nicolás ordenó a Cablevisión que devuelva lo que cobró de más


Una medida dispuesta por el Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1, secretaría Nº 3 de San Nicolás, obliga a la empresa Cablevisión a cobrar los montos establcidos por la Secretaría de Comercio Interior para el servicio de televisión por cable.
Así lo informa el bisemanario “El Imparcial” en su edición de esta tarde.
El expediente, caratulado como “Protección de los derechos de los consumidores contra Cablevisión SA (San Pedro) sobre sumarísimo”, fue iniciado a partir de una presentación de la Dra. María Cecilia Berretta, representante de esa ONG, el 29 de Octubre. 

La decisión judicial, en primer término, “hace lugar a la ampliación de la cautelar peticionada, intimando, previa caución juratoria de la presidenta de la Asociación Civil actora (art. 199 CPCCN) a Cablevisión S.A. San Pedro para que, en el término de dos días, cese en el cobro compulsivo para el servicio de comercialización de televisión paga”.
Como segundo punto, se dispone que la empresa prestadora “recepcione en forma inmediata el pago del importe fijado por la resolución 25/2012 para el servicio de abono básico de televisión por cable para los meses de octubre a diciembre”.
Luego, dictamina que “se recepcione el pago del servicio a los clientes que no hubieran abonado las facturas de los meses anteriores con la suma señalada en las resoluciones dictadas oportunamente”.
Como punto final, ordena que a “aquellos que hayan abonado” se les deberá “descontar la suma pagada en demasía en las próximas facturas” y agrega que eso regirá “hasta tanto se resuelva definitivamente y bajo apercibimiento de estarse a lo dispuesto por el artículo 239 del Código Penal”.
Causas similares se tramitaron en relación a la empresa Cablevisión en Ramallo y San Nicolás.