Día del Trabajador: Impulsan campaña por los derechos laborales y la inclusión de personas con discapacidad

  En el marco de las conmemoraciones por el 1 de Mayo , la agrupación TGD Padres TEA San Pedro Red Federal lanzó una campaña de concientización destinada a visibilizar y reivindicar los derechos laborales de las personas con discapacidad . Bajo la premisa de que "el trabajo dignifica", la organización busca sensibilizar a la comunidad sobre la importancia de construir entornos laborales equitativos. La iniciativa pone el foco en cinco pilares fundamentales para garantizar una verdadera integración en el mercado de trabajo. Entre ellos, se destaca la igualdad de oportunidades , entendida como el acceso al empleo en igualdad de condiciones y sin ningún tipo de discriminación, y el derecho a un trabajo digno que ofrezca condiciones justas, seguras y adecuadas para cada individuo.

Enrique Sierra: “El Náutico abrió el canal por falta de control de las autoridades"

El ambientalista Enrique Sierra dio a conocer imágenes que ilustran la actual situación en el canal que abrió el Club Náutico cortando terreno aluvional del Paseo Público.
“Imagino que esto, además de no tener estudio de Impacto Ambiental (EIA), tiene que ser publico. Fue hecho por omisión, no controlar, de las autoridades” indicó Sierra.

El ambientalista recordó que algo similar “pasó con las Marinas de Mansa Lyfe, terrenos públicos concesionados sin canon, negocios privados sobre terrenos públicos, prohibido por ordenanza de concesión Nº 4705/93”.
Sierra sostiene que  “es habitual en estos últimos años la extensión de lo privado sobre lo público y no me extrañaría que en la isla que queda de este canal el CNSP haga una playa solo para sus socios”.

Por omisión de las autoridades, agrega el integrante de la Fundación Oga, sucedió lo mismo “con la concesión de San Pedro Resort (Howard Jhonson), cuando en el año 2006 se perdió el 50% de terreno publico, como los terraplenes internos construidos sin estudio de impacto ambiental, por omisión de las autoridades”.

El Código Civil indica, en su artículo 2.639, que “los propietarios limítrofes con los ríos o con canales que sirven a la comunicación por agua, están obligados a dejar una calle o camino público de treinta y cinco metros hasta la orilla del río, o del canal, sin ninguna indemnización”. En el mismo punto, agrega: “Los propietarios ribereños no pueden hacer en ese espacio ninguna construcción, ni reparar las antiguas que existen, ni deteriorar el terreno en manera alguna”.


Por su parte, en el artículo 2.340 precisa que quedan comprendidos entre los bienes públicos “las riberas internas de los ríos, entendiéndose por tales la extensión de tierra que las aguas bañan o desocupan durante las altas mareas normales o las crecidas medias ordinarias”.