El predio de la ex Pesca y Casting será un espacio logístico para el puerto

  El Consorcio de Gestión del Puerto de San Pedro avanza con los trabajos de preparación del predio del ex camping Pesca y Casting, tras recuperar su tenencia luego de una disputa legal de 17 años. El espacio, de gran valor estratégico, será utilizado para ofrecer nuevos servicios logísticos a operadores portuarios. El presidente del Consorcio, Carlos Casini, explicó en diálogo con Equipo de Radio que el objetivo es poner el terreno a disposición de "empresas que se decidan a operar muelles y necesiten espacio logístico como playa de camiones, galpones, celdas, tanques". Según Casini, el puerto "no tenía hasta hoy un espacio de estas características para ofrecer" y esta recuperación representa "un instrumento más para ofrecer a los operadores".

Desde Julio, las llamadas a celulares se cobrarán solo desde que el destinatario atienda

A partir del 1° de julio, las empresas de telefonías móviles deberán cobrar las llamadas desde el momento en que “el abonado llamado contesta directamente o por medio de una casilla de mensajes, hasta el momento en que finaliza la comunicación”, según la resolución 45 de la Secretaría de Comunicaciones que fue publicada este viernes en el Boletín Oficial. 
Desde el próximo mes “las comunicaciones que no sean contestadas por el abonado llamado, directamente o por medio de una casilla de mensajes, no podrán ser facturadas ni cobradas bajo ningún concepto”, es decir, no se facturará el tiempo de espera. 

Según el texto de la resolución la empresa prestadora deberá implementar esta medida luego de 30 días de su publicación en el Boletín Oficial. 
Esta nueva norma se aplica en el marco del artículo 42 de la Constitución, que sostiene: “Es obligación del Gobierno Nacional velar por la defensa de los intereses del consumidor, así como generar las condiciones necesarias para garantizar la libertad de elección en la relación del consumo”. 
Otro de los puntos considera que “el proveedor está obligado a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee, y las condiciones de su comercialización”, según la Ley de Defensa del Consumidor 26.361, en su artículo 4°.