Obras de mejora en Centros de Jubilados con aportes provinciales

Las gestiones concretadas por el intendente Cecilio Salazar ante el ministro de Desarrollo de la Comunidad de la Provincia de Buenos Aires, Andrés Larroque, permitieron al Municipio de San Pedro destinar un total de $2.600.000 a diversas instituciones de la tercera edad. La inversión beneficia directamente a las sedes de San Pedro, Los Aromos, Río Tala y Vuelta de Obligado. Los fondos fueron asignados a través del programa Mayores Bonaerenses Activos, en el marco de un convenio celebrado entre la comuna y la cartera provincial. Esta iniciativa busca fortalecer el funcionamiento diario de los centros mediante obras edilicias, refacciones estructurales y la compra de equipamiento clave para la atención de sus socios. Para supervisar el estado de los trabajos, el secretario de Desarrollo de la Comunidad, Walter Sánchez, junto a la directora de Adultos Mayores, Silvia Triñanes, realizaron un recorrido por las sedes de San Pedro, Los Aromos y Río Tala, donde dialogar...

La tasa de publicidad y propaganda podrá pagarse en cuotas y el plazo se extendió un mes

El Centro de Comercio e Industria brindó esta mañana una conferencia de prensa en la que anunció los puntos acordados con la Municipalidad, en relación al tributo de los derechos de publicidad y propaganda.
“Es una tasa que hace mucho que no se pagaba y tenía un vencimiento muy corto. Por eso convinimos que, si bien tenía vencimiento en el mes de mayo, ahora vence el 10 de Junio” indicó Esteban Grecco, titular de la entidad. 

 Además, se acordó que, en los casos en que los montos a pagar sean superiores a los 500 pesos, se podrá solicitar el desdoblamiento del pago en cuotas a determinar por la Dirección de Rentas, con una tasa de interés del 6 % anual. 
 Esta condición se cumplirá siempre que el contribuyente registre un adecuado cumplimiento con el pago de la tasa de seguridad e higiene o regularice la misma, mediante convenio de pago en forma previa a solicitar el plan de facilidades. 
Las autoridades de la entidad, explicaron que “el artículo 14 de la Ordenanza 5977 grava la publicidad o propaganda que se realice en la vía pública o que trascienda a ésta, así como la que se efectúe en el interior de los locales destinados al público, como cines, teatros, comercios, campos de deportes, cafés, confiterías, bares, hoteles, hospedajes, almacenes y demás sitios de acceso al público”. 
 En caso de retirar la cartelería, el contribuyente deberá informar mediante nota presentada en la mesa de entradas municipal esta situación, y una vez realizado el relevamiento correspondiente, se procederá a reliquidar la tasa a la fecha de presentación de la nota.