Avanza el reemplazo del adoquinado por hormigón en el ingreso a la Terminal de Ómnibus

 El Municipio dio inicio a los trabajos de refacción y acondicionamiento en el sector de ingreso de colectivos de la Terminal de Ómnibus local. La obra contempla el retiro integral del adoquinado deteriorado en el acceso principal y su reemplazo por losas de hormigón, una intervención planificada para optimizar la circulación del transporte y garantizar la durabilidad de la calzada ante el tránsito pesado. Las tareas forman parte del plan de mejoras que el Ejecutivo local lleva adelante desde que el predio pasó a la órbita de la administración municipal. El intendente Cecilio Salazar recorrió el inicio de los trabajos acompañado por el secretario de Obras Públicas, Mariano Brañas; el secretario de Servicios Públicos, Adrián Devito; y el secretario de Seguridad, Eduardo Álvarez.

Clausuran otro bar por presencia de menores

Personal policial, con la colaboración de la Subsecretaría de Protección Ciudadana, clausuró esta madrugada un bar ubicado en Pellegrini al 700 de nuestra ciudad, al detectarse la presencia de menores en su interior. 
 Las actuaciones, enmarcadas en la Ley 14.050, fueron elevadas al Juzgado de Paz. La semana pasada, otro local de zona céntrica había recibido la misma sanción. 

 Hay tres artículos de la ley 14050 que son muy claros respecto a la presencia de menores en locales nocturnos. 
 En uno de ellos se establece que “no se admitirá la presencia y/o asistencia y/o permanencia de niños menores de catorce (14) años en los establecimientos bailables, o bien, que estén realizando actividad bailable más allá de su función principal (bares, cantinas, pubs, etc.)”. 
 También se especifica que “no se admitirá la presencia y/o asistencia y/o permanencia de menores de catorce (14) años en los establecimientos o locales enunciados en el artículo 2º (bares, pubs, cantinas) de veinticuatro (24,00) a ocho (08,00) horas si no estuvieren acompañados por su padre, madre, tutor o adulto responsable. 
Por otro lado, el artículo 8 de la ley 14050, prohíbe la presencia de menores de entre 14 a 17 años después de las 23 horas en locales bailables; y el artículo 9, además, sanciona la concurrencia simultánea de mayores y menores de 18 años