Allanamiento y secuestro de arma de fuego por denuncia de amenazas de muerte

Efectivos policiales de La Tosquera y Río Tala llevaron a cabo una diligencia judicial en el marco de una investigación por amenazas. Se incautó una escopeta calibre 16 en el domicilio del imputado, quien no se encontraba en el lugar. ​Personal del Destacamento La Tosquera, en colaboración con el Destacamento Río Tala, cumplimentó ayer una orden de allanamiento librada por el Juzgado de Garantías Nro. 01 del Departamento Judicial San Nicolás. ​La medida se realizó en el marco de una causa iniciada el pasado 30 de octubre, a raíz de la denuncia de un hombre de 49 años que manifestó haber recibido amenazas de muerte. ​El allanamiento tuvo lugar en un domicilio ubicado en la calle bajada basural S/N, Cuartel 3° de La Tosquera. Al llegar al lugar, el personal policial fue atendido por la pareja del imputado, una mujer de 29 años, ya que el principal investigado no se encontraba en la vivienda. ​La diligencia judicial arrojó resultado positivo, procediéndose al secuestro de una ...

Clausuran otro bar por presencia de menores

Personal policial, con la colaboración de la Subsecretaría de Protección Ciudadana, clausuró esta madrugada un bar ubicado en Pellegrini al 700 de nuestra ciudad, al detectarse la presencia de menores en su interior. 
 Las actuaciones, enmarcadas en la Ley 14.050, fueron elevadas al Juzgado de Paz. La semana pasada, otro local de zona céntrica había recibido la misma sanción. 

 Hay tres artículos de la ley 14050 que son muy claros respecto a la presencia de menores en locales nocturnos. 
 En uno de ellos se establece que “no se admitirá la presencia y/o asistencia y/o permanencia de niños menores de catorce (14) años en los establecimientos bailables, o bien, que estén realizando actividad bailable más allá de su función principal (bares, cantinas, pubs, etc.)”. 
 También se especifica que “no se admitirá la presencia y/o asistencia y/o permanencia de menores de catorce (14) años en los establecimientos o locales enunciados en el artículo 2º (bares, pubs, cantinas) de veinticuatro (24,00) a ocho (08,00) horas si no estuvieren acompañados por su padre, madre, tutor o adulto responsable. 
Por otro lado, el artículo 8 de la ley 14050, prohíbe la presencia de menores de entre 14 a 17 años después de las 23 horas en locales bailables; y el artículo 9, además, sanciona la concurrencia simultánea de mayores y menores de 18 años