San Pedro celebra la 7° Fiesta de la Naranja de Ombligo con actividades adelantadas

La 7° Fiesta de la Naranja de Ombligo dio inicio este sábado en San Pedro, con una programación que se adelantó debido a las condiciones climáticas. Las actividades comenzaron a las 12:30 tanto hoy como mañana domingo, ofreciendo a vecinos y turistas una variada propuesta que celebra la producción citrícola local. ​El evento cuenta con espectáculos musicales, una feria de emprendedores, diversas propuestas gastronómicas y un espacio central dedicado al trabajo de productores, viveristas y trabajadores citrícolas. En este sector, se destaca una exhibición de embaladores organizada por el Sindicato de Embaladores de la Argentina (SEDA), junto con la entrega de reconocimientos a productores locales por su labor. ​Hasta el domingo 27 inclusive, varias calles del casco céntrico permanecerán cerradas al tránsito para garantizar el desarrollo de la fiesta. Los cortes afectan el perímetro delimitado por las calles J.D. Perón, Pellegrini, 9 de Julio, Mitre y Salta, incluyendo el sec...

Clausuran otro bar por presencia de menores

Personal policial, con la colaboración de la Subsecretaría de Protección Ciudadana, clausuró esta madrugada un bar ubicado en Pellegrini al 700 de nuestra ciudad, al detectarse la presencia de menores en su interior. 
 Las actuaciones, enmarcadas en la Ley 14.050, fueron elevadas al Juzgado de Paz. La semana pasada, otro local de zona céntrica había recibido la misma sanción. 

 Hay tres artículos de la ley 14050 que son muy claros respecto a la presencia de menores en locales nocturnos. 
 En uno de ellos se establece que “no se admitirá la presencia y/o asistencia y/o permanencia de niños menores de catorce (14) años en los establecimientos bailables, o bien, que estén realizando actividad bailable más allá de su función principal (bares, cantinas, pubs, etc.)”. 
 También se especifica que “no se admitirá la presencia y/o asistencia y/o permanencia de menores de catorce (14) años en los establecimientos o locales enunciados en el artículo 2º (bares, pubs, cantinas) de veinticuatro (24,00) a ocho (08,00) horas si no estuvieren acompañados por su padre, madre, tutor o adulto responsable. 
Por otro lado, el artículo 8 de la ley 14050, prohíbe la presencia de menores de entre 14 a 17 años después de las 23 horas en locales bailables; y el artículo 9, además, sanciona la concurrencia simultánea de mayores y menores de 18 años