Operativos de control: alcoholemia positiva, tres autos y una moto secuestradas y un detenido

La Dirección de Tránsito de la Municipalidad llevó adelante durante la madrugada de este sábado un nuevo operativo de control vehicular en la intersección de las calles Pellegrini y Oliveira Cezar.  En conjunto con personal de la Estación de Policía Comunal, los inspectores incautaron tres automóviles y una moto, en todos los casos porque sus conductores dieron positivo al control de alcoholemia. 

Una resolución unifica el valor máximo del arsénico en 0.05 mg por litro de agua

La publicación en el Boletín Oficial de dos resoluciones ministeriales, confirma la prórroga del plazo para adecuarse a la norma del Código Alimentario Argentino que exigía 0,01 mg/l de arsénico en agua de bebida o usada para la fabricación de alimentos.
El licenciado Enrique Hopman explicó que “hasta que los estudios sanitarios encomendados lo avalen el máximo permitido seguirá siendo 0,05 mg/l por 5 años mas, por lo menos”.

El geólogo agregó que “son dos resoluciones que modifican otra del 2007 y que habla de las industrias que usan agua, y que debían bajar el contenido de arsénico a 0.01 mg por litro, mientras que los que se abastecían de agua tenían que tratar el agua”.
En San Pedro, se había instalado una polémica luego de que, desde la oposición, se insistiera en la idea de que el agua de nuestra ciudad tenía niveles elevados de arsénico, porque superaban el máximo permitido por le Código Alimentario.
“Las empresas, incluso locales, estaban preocupadas porque usan agua subterránea y tiene valores superiores a 0.01 e inferiores a 0.05. El cambio se realizó a pedido de muchas provincias, ya que no existe posibilidad económica inmediata de que Municipios, empresas u otros, puedan bajar ese nivel a partir del proceso de ósmosis inverso, y están exigiendo estudios eficientes que indiquen que el agua con más de 0.01 de arsénico provoca problemas en la salud” precisó Hopman.
La resolución conjunta 34/2012 y 50/2012, expresa, puntualmente, que se prorroga “por el plazo de cinco (5) años previsto en los articulas 982 y 983 del Código Alimentario Argentino, para alcanzar el valor de 0,01 mg/I de arsénico en 105 términos previstos en dichos artículos, hasta contar con los resultados del estudio "Hidroarsenicismo y Saneamiento Básico en la República Argentina - Estudios básicos para el establecimiento de criterios y prioridades sanitarias en cobertura y calidad de aguas" cuyos términos fueron elaborados por la Subsecretaria de Recursos Hídricos del Ministerio de Planificación Federal.