Operativos policiales: Tres aprehendidos por tenencia de drogas, daños y pedido de captura

En una serie de operativos llevados a cabo ayer, personal de la Estación de Policía Comunal San Pedro aprehendió a tres hombres por distintos delitos, según informaron fuentes policiales. En horas de la tarde, efectivos policiales que realizaban tareas de prevención en la intersección de calle Las Provincias y Brenan, procedieron a la aprehensión de un joven de 20 años . Durante la requisa, se le incautó una ínfima cantidad de sustancia vegetal compatible con marihuana . El masculino fue imputado por infracción a la Ley 23.737 (Ley de Estupefacientes) y quedó a disposición de la UFI Nº 7 en turno.

La Cámara Nacional Electoral afirma que la ley no prohíbe publicidad institucional

La Cámara Nacional Electoral (CNE) afirmó que la ley vigente en la Argentina “no prohíbe” la publicidad institucional o difusión de actos de gobierno durante los procesos comiciales o períodos de campañas que los preceden.
Así lo expuso el tribunal al confirmar el rechazo de una demanda de autoridades y legisladores de la Unión Cívica Radical para que se suspendiera la difusión, previo a las “primarias” del 14 de agosto, de un corto publicitario denominado “Nunca menos” durante las emisiones del programa “Futbol para todos”.

La CNE analizó que el planteo del titular de la UCR Angel Rozas y de los jefes de los bloques de senadores y diputados nacionales de ese partido, Gerardo Morales y Ricardo Gil Lavedra, se había tornado “abstracto”, porque la publicidad dejó de emitirse en julio último.
Pero, “dada la trascendencia de la cuestión planteada y los derechos e intereses jurídicos en juego” la CNE formuló algunas apreciaciones sobre “la ‘influencia directa’ que las campañas de difusión de ‘actos de gobierno’ o "campañas institucionales" pueden proyectar sobre el ánimo y la voluntad política del electorado”.
Los camaristas Rodolfo Munné, Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera repasaron, en tal sentido, fallos y legislación de distintos países (mencionaron a Costa Rica, México, España e Italia, entre otros), que marcan restricciones a la publicidad oficial en períodos de campaña electoral.
“Ahora bien –destacaron los camaristas- la legislación vigente en nuestro país no prohíbe la publicidad de campañas institucionales o de difusión de actos de gobierno durante todo el proceso electoral, ni tampoco las vedas durante el período de campaña electoral”.
“En el caso –agregaron-, habiendo cesado la emisión de los avisos cuyo levantamiento se solicitaba, devino inoficioso un pronunciamiento, por lo que es aplicable lo señalado en otra ocasión acerca de la improcedencia de definir en abstracto qué mensajes o qué comunicaciones tienen entidad para ‘promover la captación del sufragio’”.