A partir de 2026, la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión se aplicará antes

  El Ministerio de Salud de la Nación anunció que a partir de 2026 la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión se aplicará a los 18 meses de vida, en lugar de a los 5 años. La medida busca ofrecer una protección más temprana y efectiva, especialmente en un contexto de circulación del virus en varios países de la región. El anuncio, realizado en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), fue dado a conocer por la viceministra Cecilia Loccisano. La funcionaria destacó que esta decisión implica una inversión de 4,2 millones de dólares, que se financiará con el ahorro generado por la compra eficiente de la vacuna antigripal.

La Cámara Nacional Electoral afirma que la ley no prohíbe publicidad institucional

La Cámara Nacional Electoral (CNE) afirmó que la ley vigente en la Argentina “no prohíbe” la publicidad institucional o difusión de actos de gobierno durante los procesos comiciales o períodos de campañas que los preceden.
Así lo expuso el tribunal al confirmar el rechazo de una demanda de autoridades y legisladores de la Unión Cívica Radical para que se suspendiera la difusión, previo a las “primarias” del 14 de agosto, de un corto publicitario denominado “Nunca menos” durante las emisiones del programa “Futbol para todos”.

La CNE analizó que el planteo del titular de la UCR Angel Rozas y de los jefes de los bloques de senadores y diputados nacionales de ese partido, Gerardo Morales y Ricardo Gil Lavedra, se había tornado “abstracto”, porque la publicidad dejó de emitirse en julio último.
Pero, “dada la trascendencia de la cuestión planteada y los derechos e intereses jurídicos en juego” la CNE formuló algunas apreciaciones sobre “la ‘influencia directa’ que las campañas de difusión de ‘actos de gobierno’ o "campañas institucionales" pueden proyectar sobre el ánimo y la voluntad política del electorado”.
Los camaristas Rodolfo Munné, Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera repasaron, en tal sentido, fallos y legislación de distintos países (mencionaron a Costa Rica, México, España e Italia, entre otros), que marcan restricciones a la publicidad oficial en períodos de campaña electoral.
“Ahora bien –destacaron los camaristas- la legislación vigente en nuestro país no prohíbe la publicidad de campañas institucionales o de difusión de actos de gobierno durante todo el proceso electoral, ni tampoco las vedas durante el período de campaña electoral”.
“En el caso –agregaron-, habiendo cesado la emisión de los avisos cuyo levantamiento se solicitaba, devino inoficioso un pronunciamiento, por lo que es aplicable lo señalado en otra ocasión acerca de la improcedencia de definir en abstracto qué mensajes o qué comunicaciones tienen entidad para ‘promover la captación del sufragio’”.