El Hospital atendió a 45 personas con distintas heridas tras el vuelco del colectivo

  La Secretaria de Salud de la Municipalidad de San Pedro, Dra. María Isabel Carrasco, destacó el funcionamiento del protocolo de emergencias tras el accidente ocurrido en el kilómetro 178 de la Ruta Nacional 9. Según confirmó la funcionaria en declaraciones a La Radio 92.3, un total de 45 personas fueron atendidas en el sistema público local luego de que el transporte de larga distancia despistara y volcara en horas de la madrugada. "Era un colectivo que venía de Córdoba, con gente que estaba de vacaciones y volvían a Buenos Aires y Mar del Plata. Ingresaron al hospital 45 pacientes. Algunos con heridas leves se fueron por sus propios medios", detalló Carrasco al describir el panorama inicial en la guardia del Hospital Municipal "Dr. Emilio Ruffa". Un protocolo de asistencia en red La funcionaria puso de relieve la eficacia del plan de contingencia diseñado para situaciones de catástrofe o accidentes múltiples, el cual permitió una distribución estratégica de los r...

Proyecto de Ordenanza para la regulación de la declaración jurada patrimonial de los funcionarios

La agrupación “La Kultural” que conforma el partido “Nuevo Encuentro” presentó un proyecto de ordenanza para la regulación de un procedimiento para la declaración jurada patrimonial de funcionarios públicos.
El artículo 2 del proyecto propone la obligatoriedad de presentar una declaración jurada de patrimonio por parte de los funcionarios públicos de la Municipalidad de San Pedro.

Según esta norma, se encuentran obligados a realizar la declaración jurada patrimonial de sus bienes los siguientes funcionarios públicos:
a) Intendente Municipal
b) Concejales
c) Secretarios del Departamento Ejecutivo
d) Secretario del Honorable Concejo Deliberante
e) Sub-Secretarios del Departamento Ejecutivo
f) Contador y Sub-Contador
g) Tesorero y Sub-Tesorero
h) Director de Compras
i) Directores del Departamento Ejecutivo y del Deliberativo
j) Jueces de Faltas
k) Secretario de los Juzgados de Faltas
l) Coordinador Justicia de Faltas.

Las declaraciones juradas patrimoniales referidas en la Ordenanza, contendrán una descripción completa del estado patrimonial del funcionario, de su cónyuge y de los hijos a su cargo.
Deberá detallarse el activo (en el país y/o en el exterior), indicando los bienes inmuebles y muebles registrables, fecha, precio de adquisición y valor estimativo al momento de la declaración; así como también saldos acreedores de cuentas bancarias, créditos y participaciones en sociedades comerciales. También deberá manifestarse el pasivo indicando datos personales de los acreedores, monto y condiciones de las deudas.
Los obligados formularán su declaración jurada ante un Escribano Público con registro en el Partido, quien labrará un acta en la que conste el cumplimiento de los términos de la presente Ordenanza, con copia de la misma para ser remitida a la Oficina Anticorrupción o a la Secretaría del H. Concejo Deliberante, según corresponda.
Los funcionarios referidos en el artículo 2º deberán efectuar las declaraciones juradas previstas dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la fecha en que asuman en sus respectivos cargos. Asimismo, deberán también efectuar su declaración jurada al concluir en sus funciones por cualquier motivo; la que deberá ser presentada dentro del plazo máximo de treinta días contados a partir de la fecha del cese.
La totalidad de los funcionarios obligados, deberán actualizar sus declaraciones juradas anualmente antes del día 30 de Diciembre de cada año.