A partir de 2026, la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión se aplicará antes

  El Ministerio de Salud de la Nación anunció que a partir de 2026 la segunda dosis de la vacuna contra el sarampión se aplicará a los 18 meses de vida, en lugar de a los 5 años. La medida busca ofrecer una protección más temprana y efectiva, especialmente en un contexto de circulación del virus en varios países de la región. El anuncio, realizado en el marco del Consejo Federal de Salud (COFESA), fue dado a conocer por la viceministra Cecilia Loccisano. La funcionaria destacó que esta decisión implica una inversión de 4,2 millones de dólares, que se financiará con el ahorro generado por la compra eficiente de la vacuna antigripal.

El Senado aprobó un régimen jubilatorio diferencial para los trabajadores del campo

El Senado aprobó hoy y giró a Diputados un nuevo régimen previsional diferencial para los trabajadores del campo, incluyendo a los que realicen cualquier tarea de índole agropecuaria.
La iniciativa establece que los trabajadores del ámbito rural podrán jubilarse a los 57 años, sin distinción de sexo, y con 25 años de aportes.

También remarca que cuando se hubieran “desempeñado tareas específicas de la actividad agropecuaria y alternadamente otras de distinta naturaleza, a los fines de determinar los requisitos para el otorgamiento de la jubilación ordinaria, se efectuará un prorrateo en función de los límites de edad y de servicios requeridos para cada clase de tareas o actividades”.
El tercer artículo del proyecto fija una contribución patronal adicional a la establecida en el Sistema Integrado Previsional Argentino, a cargo de los empleadores, a aplicarse sobre la remuneración de los trabajadores comprendidos en el presente régimen. Esa contribución patronal adicional será de tres puntos porcentuales a partir de la vigencia de la esta ley, excluyendo a las micro, pequeñas y medianas empresas.
Además, remarca que “por vía reglamentaria, y como opción para el trabajador, se podrán reconocer los servicios rurales” prestados con anterioridad a la vigencia de esta norma “a través del establecimiento de nuevos medios probatorios y sujeto a un cargo por los aportes omitidos, el que será descontado en cuotas mensuales del haber obtenido al amparo de este régimen provisional”.