El bloque de concejales del Partido Justicialista presentĂ³ un proyecto de Ordenanza para crear, dentro del Ă¡mbito municipal, un “Hogar de TrĂ¡nsito para personas Indigentes en estado de abandono y dejadez”, destinada a quienes deambulen y duerman en los espacios pĂºblicos de San Pedro y sus localidades.
SegĂºn consta en el articulado del proyecto, la implementaciĂ³n estarĂ¡ a cargo de la SecretarĂa de Desarrollo Humano, que implementarĂ¡ la estructura ejecutante de la actividad a desarrollar y sus normas.
El Hogar de TrĂ¡nsito para personas Indigentes en estado de abandono y dejadez, deberĂ¡ contemplar los siguientes aspectos:
a) Brindar albergue transitorio a cualquier persona que se presente en estado de abandono y dejadez por el tĂ©rmino de un dĂa, pero de acuerdo a las circunstancias el personal deberĂ¡ informar urgentemente a las autoridades y profesionales que el caso en cuestiĂ³n amerite.
b) La actividad principal serĂ¡ la de proporcionar a las personas en cuestiĂ³n, un plato de comida caliente en horario diurno y nocturno, una cama donde pasar la noche, un baño para poder ducharse y que puedan limpiar su propia ropa.
c) Control de enfermerĂa diario y una vez por semana atenciĂ³n mĂ©dica, desde ya que ante una emergencia se lo asistirĂ¡ de forma inmediata, tanto en el aspecto medico clĂnico como psicolĂ³gico, confeccionando a tales fines una Historia ClĂnica.
d) Para que una persona cuente con autorizaciĂ³n para quedarse todos los dĂas, deberĂ¡ contar con los permisos de las autoridades y profesionales pertinentes, pero ademĂ¡s deberĂ¡ contar con una residencia no menor a los dos años y ser mayor de 18 años de edad.
e) La dependencia que albergue a las personas mencionadas en los artĂculos precedentes, deberĂ¡n llevar un Libro de Registro diario con los datos personales y entorno familiar.
A su vez, se insta al Ejecutivo “a gestionar y suscribir convenios de colaboraciĂ³n y asistencia con Organismos PĂºblicos Nacionales, Provinciales e Instituciones Privadas sin Fines de Lucro, que faciliten la consecuciĂ³n de los fines perseguidos en la presente Ordenanza”.
El punto quinto de la norma autoriza a reasignar las partidas correspondientes a los fines de la puesta en funcionamiento del Hogar de TrĂ¡nsito para personas Indigentes en estado de abandono y dejadez, que deambulen y duerman en los espacios pĂºblicos de San Pedro y sus localidades.
Los autores sostienen, en los considerandos de la norma, que “las bajas temperaturas se tornan insoportables para todas las personas que no tienen un lugar donde resguardarse, pasando a ser un fenĂ³meno oculto, pero que esta a la vista de todos y lamentablemente pasan inadvertidos para las autoridades de turno”.
Al mismo tiempo agregan que “hay que tener en cuenta que las secuelas sicolĂ³gicas son muy graves para llegar al estado calamitoso en que se encuentran, es por ello que el estado tiene la obligaciĂ³n moral de asistirlos en sus necesidades mĂnimas, para que puedan sobrevivir ante tantas adversidades”.
Los concejales recuerdan que “en el mes de Noviembre del año 2007 un indigente muriĂ³ tristemente en la vĂa publica” y que “dicha persona, oriunda de la localidad de Gobernador Castro, fue hallado sin vida en las inmediaciones de la plazoleta de la terminal de Ă³mnibus de nuestra ciudad”.