El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Elecciones: La Corte Suprema hizo lugar parcialmente a la cautelar de Coalición Cívica

La Suprema Corte de Justicia resolvió hacer lugar parcialmente a la medida cautelar solicitada por la Coalición Cívica, al declarar la suspensión de tres artículos de la ley de internas abiertas, simultáneas y obligatorias bonaerenses.
Las normas alcanzadas por la resolución son aquellas que fijan el número y los requisitos bajo los cuales se deben acreditar las adhesiones que deben presentarse para las candidaturas de gobernador y vicegobernador, senador y diputado provincial, detalló el máximo tribunal a través de un comunicado.

En cuanto a la exigencia prevista para las candidaturas distritales, con un piso de 200 adherentes, el Tribunal señaló que "no se advierte imposibilidad material para cumplir con las exigencias de la mencionada norma", por lo cual no hizo lugar al planteo de la fuerza que lidera Elisa Carrió en relación a este punto.
En su decisión, la Suprema Corte sostuvo que "a fin de garantizar principios fundamentales del derecho electoral como los de participación y representatividad popular, cabe exhortar a los restantes poderes del Estado a regular los procesos electorales con sentido de oportunidad, y, en particular, a la Junta Electoral, a tener presente lo que aquí se decide".
Hace diez días, la Coalición solicitó a la Corte provincial que ordene la suspensión de la aplicación de los artículos 4, 5 y 6 de la Ley 14.086, por considerar "excesivos" los avales exigidos para la presentación de candidatos.
El apoderado de esa fuerza en la provincia, Walter Martello, denunció en su presentación ante el máximo tribunal, que a esa agrupación le es "imposible" cumplir los requisitos en materia de avales a las postulaciones.
Consideró que la obligatoriedad de presentar avales junto con las listas "quintuplica la contemplada por la Ley Orgánica de Partidos Políticos para la obtención de la personería jurídica".
Sostuvo que "resulta evidente la imposibilidad de juntar en solo 41 días el aval de más de 21.000 ciudadanos -con copia de documento de identidad- especialmente para agrupaciones que, como la que represento, cuenta con menos de 10.000 afiliados".