Mariel Mitidieri presentó "Herederos de la Laguna" en el Club Náutico

El Club Náutico San Pedro fue escenario de un emotivo encuentro cultural en el marco de las actividades camino a su 119º aniversario. Este miércoles 29 de julio, las instalaciones de la Escuela Náutica Guillermo Brown acogieron la presentación del libro "Herederos de la Laguna", una obra escrita por la sampedrina Mariel Mitidieri que convocó a más de 80 personas, entre miembros de la Comisión Directiva, deportistas, referentes históricos del canotaje y vecinos vinculados a la historia fluvial de la región. La conducción de la jornada estuvo a cargo de Sonia Secchi, secretaria de la Comisión Directiva del club. La velada combinó recuerdos, reflexiones e historias compartidas frente a la mirada atenta de un público que colmó el salón, con el marco natural de la laguna de fondo. Durante el evento, la autora estuvo acompañada por Lola Barceló, ilustradora del libro y joven navegante de la clase Optimist de la institución, quien ofreció la lectura de alguno...

Barbieri presentó un proyecto que prohíbe el ingreso de bengalas a espectáculos públicos

El Diputado Nacional Mario Barbieri presentó un Proyecto de Ley para la Prohibición de la tenencia y utilización por parte del público, de cualquier tipo de bengalas en espectáculos públicos. En la misma regulación se establecen los nuevos requisitos para la compra de bengalas náuticas.
El primer artículo de la norma prohíbe “el ingreso, tenencia y/o utilización por parte del público, de cualquier tipo de bengalas náuticas, en espectáculos públicos”.

A continuación, se fija que “los comercios de venta de bengalas náuticas, deberán exigir a las personas interesadas en la compra un carnet náutico deportivo, certificado de matrícula de la embarcación, libreta de embarque o carnet de armador.
Los comercios del rubro deberán llevar, de aprobarse la iniciativa, un registro denominado Registro de Venta de Bengalas que será expedido y rubricado por el Registro Nacional de Armas (R.E.N.AR) en donde asentarán las ventas de bengalas, nombre y apellido del comprador, documentación presentada, cantidad de bengalas, marca, número de lote y fecha de la operación.
También sedeberá exigir para el recambio, las bengalas vencidas que posea el
comprador, a fin de su almacenamiento en el lugar, las que mensualmente serán entregadas al Registro Nacional de Armas (RE.N.AR.) dependiente del Ministerio de Defensa, para su disposición final. En los casos en que el comprador manifestara la perdida de las bengalas que se solicita para el recambio, el vendedor deberá dejar asentada tal situación en el Registro.
Finalmente, se regula que “el club, estadio, cancha o cualquier otra denominación que se le impute al espacio donde se realice el espectáculo público en el que se cometa la infracción a lo normado en el artículo 1, será pasible de clausura por el término de dos años contados a partir de la comprobación del hecho generador de la pena y multa equivalente a cien (100) veces el salario mínimo, vital y móvil.