El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Proyecto para regular la venta y adjudicación de terrenos en la localidad de Río Tala

El concejal Adrián Macenet presentó un proyecto en el que propone que se faculte al Departamento Ejecutivo a efectuar la venta y adjudicación a titulo oneroso de los terrenos ubicados en la localidad de Río Tala, nominados Catastralmente como Circunscripción IV, Sección A, Manzana 20 Parcela 3A y 4ª.
El predio fue adquirido luego de un convenio aprobado por el Concejo Deliberante, entre el Municipio de San Pedro y Néstor Enrique Regueiro.
El proyecto prevé que cada expediente confeccionado, deberá ser analizado por la Comisión Multisectorial de Adjudicación de Viviendas, creado por Ordenanza Nº 5748, a los efectos de que la misma, garantice la transparencia a los adquirentes de los terrenos.
El listado elaborado por la Comisión Multisectorial de Adjudicación de Viviendas, deberá ser remitido al Departamento Ejecutivo Municipal, para que este solicite al Honorable Concejo Deliberante la autorización individual para efectuar cada venta, remitiendo el expediente citado en el Art. 2 para su consideración y aprobación.
La forma de pago deberá ser convenida de acuerdo a las establecidas en la Ordenanza Nº 4105. En caso de financiación deberá gravarse el bien con hipoteca de primer grado a favor de la Municipalidad.