Preocupación sobre un grupo de WhatsApp con contenido sobre docentes en clases y administrado por adolescentes

  El Equipo de Conducción de la Escuela de Educación Secundaria (EES) N° 4 de San Pedro emitió un comunicado urgente dirigido a las familias de su comunidad educativa tras detectar la existencia de un grupo de mensajería que involucra a parte de su alumnado. En el mismo, se habrían difundido contenidos que vulneran la privacidad de los trabajadores de la educación y podrían representar riesgos para los menores. Desde la institución informaron que están "en conocimiento de la existencia de un grupo de WhatsApp, cuyos administradores son dos adolescentes de nuestra ciudad y del cual forman parte muchos estudiantes de nuestra institución" . Según detallaron las autoridades, la preocupación central radica en que en dicho espacio virtual "se han publicado videos de docentes en clase, stickers de los mismos y otras cuestiones que nos preocupan e implicarían un riesgo potencial tanto para quienes forman parte del grupo como para terceros" .

Proyecto para regular la venta y adjudicación de terrenos en la localidad de Río Tala

El concejal Adrián Macenet presentó un proyecto en el que propone que se faculte al Departamento Ejecutivo a efectuar la venta y adjudicación a titulo oneroso de los terrenos ubicados en la localidad de Río Tala, nominados Catastralmente como Circunscripción IV, Sección A, Manzana 20 Parcela 3A y 4ª.
El predio fue adquirido luego de un convenio aprobado por el Concejo Deliberante, entre el Municipio de San Pedro y Néstor Enrique Regueiro.
El proyecto prevé que cada expediente confeccionado, deberá ser analizado por la Comisión Multisectorial de Adjudicación de Viviendas, creado por Ordenanza Nº 5748, a los efectos de que la misma, garantice la transparencia a los adquirentes de los terrenos.
El listado elaborado por la Comisión Multisectorial de Adjudicación de Viviendas, deberá ser remitido al Departamento Ejecutivo Municipal, para que este solicite al Honorable Concejo Deliberante la autorización individual para efectuar cada venta, remitiendo el expediente citado en el Art. 2 para su consideración y aprobación.
La forma de pago deberá ser convenida de acuerdo a las establecidas en la Ordenanza Nº 4105. En caso de financiación deberá gravarse el bien con hipoteca de primer grado a favor de la Municipalidad.