La Secretaría de Seguridad se reunió con fuerzas policiales para analizar la situación delictiva

  La Secretaría de Seguridad de la Municipalidad de San Pedro fue sede este martes de una mesa de trabajo clave, donde se congregaron los principales referentes de las fuerzas de seguridad que operan en el distrito. El encuentro estuvo encabezado por el Subsecretario de Seguridad, Gabriel Cabral . De la reunión participaron el Jefe de Policía Comunal, Comisario Rodrigo Pereira ; la Jefa de la Estación de Policía Comunal, Subcomisario Paola Vela ; el Jefe de la SUDDI San Pedro–Baradero, Comisario Luciano Capobianco ; y el Segundo Jefe del Grupo GAD San Pedro, Oficial Ayudante Jorge Espíndola .

Casini pide una campaña “limpia”

El concejal Carlos Casini solicitó al Departamento Ejecutivo Municipal que lleve adelante los controles establecidos en el marco de las ordenanzas municipales que reglan la publicidad y propaganda referidas a campañas políticas.
La ordenanza 4.082 del año 1987 dispone una serie de prohibiciones a los partidos políticos vinculadas a publicidad y propaganda. Entre ellas, Casini destaca “los anuncios colocados, fijados y/o pintados, en edificios públicos, refugios cubiertos para peatones, postes de paradas de vehículos de transporte de pasajeros, postes telefónicos, columnas de alumbrado público, árboles, postes de señalización del tránsito, columnas ubicadas en las rutas nacionales, los anuncios suspendidos colgados en la vía pública con excepción de las banderas de remates que se coloquen en los respectivos locales o inmuebles, los anuncios comúnmente denominados "pasacalles", suspendidos entre columnas de alambrado publico o columnas y elementos de tendido de red eléctrica y los anuncios colocados, fijados y/o pintados en cordones y calzadas señalizadas”.
A su vez, la ordenanza 5.855 del año 2009, dispone en su artículo 16 que “no se consentirá la instalación y permanencia de los anuncios que utilicen de soporte o apoyo columnas de señalización de calles, semáforos o cualquier otro elemento de origen público”.
El mismo año fue aprobada la norma5.857, que dispone en su artículo 84, apartado b), “la prohibición de toda publicidad o propaganda cuando se pretenda utilizar árboles o similares para sostenerla”.