Una mujer lesionada tras un accidente de tránsito

  Una mujer de 66 años resultó con heridas leves en la tarde de ayer tras un accidente de tránsito en la intersección de la Avenida 11 de Septiembre y la calle Lucio Mansilla. El siniestro involucró a una camioneta y una motocicleta. El hecho se produjo cuando una camioneta Nissan Frontier, conducida por una mujer de 45 años que resultó ilesa, colisionó con una motocicleta Gilera Smash. La conductora de la motocicleta fue trasladada al hospital local, donde se le diagnosticaron "excoriaciones varias en su rostro", siendo dada de alta a la brevedad.

El bloque justicialista denuncia faltante de documentos en la rendición de cuentas

El Presidente del bloque justicialista de Concejales, Daniel Monfasani, envió una nota al titular del HCD, Sergio Rosa, en la “deja registrado el incumplimiento por parte del Departamento Ejecutivo Municipal al Art. 23º de la Ley 13.963”.
El Departamento Ejecutivo Municipal elevó ayer al Concejo Deliberante la Rendición de Cuentas Municipal, correspondiente al Ejercicio 2010. Sin embargo, el bloque justicialista destaca que el Expediente Administrativo Nº 2306/11 (Fs. 01/444) presenta documentación incompleta.
La Secretaría de Economía y Hacienda Municipal, mediante la Dirección de Contaduría, en su nota de presentación, hace mención entre otros, a:
a) Estado de Situación Económica-Financiera;
b) Estado de Ejecución de Recursos Afectados vs. Gastos
c) Estado de Ejecución Extrapresupuestaria de Recursos y Gastos.
Sin embargo, los ediles justicialistas remarcan que “esta documentación no ha sido recibida por la Mesa de Entrada del Honorable Concejo Deliberante en el Expediente Nº 2306/11”.
Por este motivo, el bloque presidido por Monfasani expresa que “la presentación de la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de San Pedro, correspondiente al Ejercicio 2010, ha sido presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal en tiempo, pero NO en forma”.
Al mismo tiempo, expresan que esta situación “constituye incumplimiento a lo normado por la Ley 13.963 por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, lo que se deberá tener en cuenta al momento del examen de las cuentas por parte del Honorable Concejo Deliberante y en su pronunciamiento ante el Honorable Tribunal de Cuentas”.