Jóvenes de Envión Canaletas realizan actividades deportivas en el Club Pescadores

El programa Envión Canaletas iniciará un ciclo de actividades deportivas y recreativas en las instalaciones del Club Pescadores y Náutica San Pedro, como resultado de un acuerdo de articulación impulsado por la Secretaría de Desarrollo de la Comunidad de la Municipalidad local. A través de esta iniciativa, los y las jóvenes que asisten a la sede de las Canaletas podrán desarrollar durante los próximos meses sus clases de educación física en diversos espacios de la institución deportiva, incluyendo el uso de la cancha de beach volley y otros sectores del predio.

El bloque justicialista denuncia faltante de documentos en la rendición de cuentas

El Presidente del bloque justicialista de Concejales, Daniel Monfasani, envió una nota al titular del HCD, Sergio Rosa, en la “deja registrado el incumplimiento por parte del Departamento Ejecutivo Municipal al Art. 23º de la Ley 13.963”.
El Departamento Ejecutivo Municipal elevó ayer al Concejo Deliberante la Rendición de Cuentas Municipal, correspondiente al Ejercicio 2010. Sin embargo, el bloque justicialista destaca que el Expediente Administrativo Nº 2306/11 (Fs. 01/444) presenta documentación incompleta.
La Secretaría de Economía y Hacienda Municipal, mediante la Dirección de Contaduría, en su nota de presentación, hace mención entre otros, a:
a) Estado de Situación Económica-Financiera;
b) Estado de Ejecución de Recursos Afectados vs. Gastos
c) Estado de Ejecución Extrapresupuestaria de Recursos y Gastos.
Sin embargo, los ediles justicialistas remarcan que “esta documentación no ha sido recibida por la Mesa de Entrada del Honorable Concejo Deliberante en el Expediente Nº 2306/11”.
Por este motivo, el bloque presidido por Monfasani expresa que “la presentación de la Rendición de Cuentas de la Municipalidad de San Pedro, correspondiente al Ejercicio 2010, ha sido presentada por el Departamento Ejecutivo Municipal en tiempo, pero NO en forma”.
Al mismo tiempo, expresan que esta situación “constituye incumplimiento a lo normado por la Ley 13.963 por parte del Departamento Ejecutivo Municipal, lo que se deberá tener en cuenta al momento del examen de las cuentas por parte del Honorable Concejo Deliberante y en su pronunciamiento ante el Honorable Tribunal de Cuentas”.