Dictaron la falta de mérito para autoridades municipales en la causa por presunta contaminación del Río Paraná

El Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N° 2 de San Nicolás resolvió decretar la falta de mérito en favor de autoridades actuales y anteriores de la Municipalidad de San Pedro, en el marco de una causa que investiga el presunto vertido de efluentes cloacales sin tratamiento en el Río Paraná, aunque ordenó una serie de medidas para profundizar la investigación y evaluar el impacto ambiental y sanitario de la situación  La resolución alcanza al intendente Cecilio Salazar y a los funcionarios Javier Hernán Silva, Ariel Hernán Álvarez, Mariano Brañas y Jorge Carlos Ponzio, quienes habían sido imputados por una supuesta infracción a la Ley 24.051 de Residuos Peligrosos. 

El Ejecutivo reconoció “bonificaciones” de hasta el 100% por “extensión de jornada”

Parte del gabinete durante la interpelación
El Departamento Ejecutivo Municipal envió un comunicado de prensa en el que se refiere a la polémica por el incremento en los haberes de los Secretarios.
En la gacetilla, dada a conocer luego de una reunión de más de cuatro horas realizada esta mañana y encabezada por el Intendente Pablo Guacone, explican textualmente:
“El Departamento Ejecutivo comunica que desde hace tiempo viene estudiando la posibilidad de crear una bonificación tendiente a compensar el trabajo más allá de la jornada habitual.
Cabe destacar que en esta dirección, se confecciona el Decreto Nº 133/11 donde, en uso de las facultades otorgadas por la Ley 11.757, el Departamento Ejecutivo instituye una “bonificación por extensión de jornada”, que puede ser otorgada a cualquier agente municipal de la planta permanente, y que tiene como parámetro una equivalencia de 1% y hasta el 100% de un sueldo básico de secretario municipal con jornada de 40 horas semanales.
Dicha bonificación no es de carácter permanente y su otorgamiento y graduación dependerá mes a mes de cada circunstancia particular.
En relación a la liquidación de ese concepto a los Secretarios del Departamento Ejecutivo, dejamos aclarado que en la implementación de los pasos administrativos se tomó una interpretación que no era el espíritu para la cual fue creada.
Advertido el pago de dicho rubro, se instrumentó en forma inmediata el acto administrativo correspondiente - Decreto Nº 175/11 - ordenando la retensión en los haberes del mes en curso de lo abonado por dicho concepto”.