Avanza el reemplazo del adoquinado por hormigón en el ingreso a la Terminal de Ómnibus

 El Municipio dio inicio a los trabajos de refacción y acondicionamiento en el sector de ingreso de colectivos de la Terminal de Ómnibus local. La obra contempla el retiro integral del adoquinado deteriorado en el acceso principal y su reemplazo por losas de hormigón, una intervención planificada para optimizar la circulación del transporte y garantizar la durabilidad de la calzada ante el tránsito pesado. Las tareas forman parte del plan de mejoras que el Ejecutivo local lleva adelante desde que el predio pasó a la órbita de la administración municipal. El intendente Cecilio Salazar recorrió el inicio de los trabajos acompañado por el secretario de Obras Públicas, Mariano Brañas; el secretario de Servicios Públicos, Adrián Devito; y el secretario de Seguridad, Eduardo Álvarez.

Presentarán un recurso de amparo por la apertura del Almacén Cultural "Mate Cosido"

El local de Mate Cosido clausurado en calle Belgrano
“Juancho” Correa, propietario del almacén cultural “Mate Cosido”, informó que presentarán un recurso de amparo para permitir que se habilite ese espacio en su lugar original, de Belgrano al 1300.
Correa explicó, a través de APA Radio San Pedro, que “la Ordenanza 5403 permite la apertura de peñas o actividades similares, y el almacén cultural entra dentro de ese criterio”. Esa normativa no fue tomada en cuenta por las autoridades municipales, que se rigieron por la 4.139 (San Pedro 2.000) para clausurar el espacio cultural por no estar dentro de la zonificación permitida.
“Son tres meses que seguimos pagando alquiler, luz, y que me reúno con gente del Municipio que me dijo que lo van a ver, sin respuestas, así que vamos a poner un recurso de amparo porque la clausura está mal aplicada” indicó el emprendedor.
El artículo 1º de la Ordenanza 5.403 indica que “las actividades comerciales genéricamente consideradas de diversión nocturna deberán encuadrarse” en esta norma.
salón de fiestas, restaurante con espectáculo o baile, confiterías bailables, locales bailables o bailantas, clubes nocturnos, cabaret, café concert, canto bar, pub, peña folclórica y todo otro local que bajo otra denominación realice actividades similares a las detalladas anteriormente.
Sin embargo, aclara que esto sucederá “sin perjuicio del cumplimiento de toda otra disposición legal aplicable dentro del ámbito del partido de San Pedro, vigente a la fecha o que se dicte en el futuro”. En este punto, puede interpretarse que el Ejecutivo Municipal actuó conforme a “otra disposición legal” como la “San Pedro 2.000”, al aplicar la zonificación vigente.
Las dos interpretaciones de las Ordenanzas serán dirimidas por la Justicia Civil.