Pidieron 12 años de prisión para el ex Fiscal Patricio Serjal

  El ex jefe de la Fiscalía Regional de Rosario, el sampedrino  Patricio Serjal , comenzó este lunes a ser juzgado en un proceso oral y público en el que está acusado de haber brindado “cobertura judicial” al capitalista de juego clandestino Leonardo Peiti , a cambio de pagos en dólares. En la primera audiencia, los fiscales Marisol Fabbro, José Luis Caterina y María de los Ángeles Granato acusaron a Serjal como organizador y a su colaborador Nelson Ugolini como miembro de una asociación ilícita. Según la acusación, ambos se beneficiaron con sobornos para garantizar impunidad a Peiti en sus actividades ilegales. En la misma causa está imputado el senador provincial por San Lorenzo, Armando Traferri , señalado también como organizador de la estructura criminal, aunque aún no fue llevado a juicio. La investigación se inició en 2020 y derivó en condenas abreviadas para el ex fiscal Gustavo Ponce Asahad –considerado cómplice de la cobertura judicial– y el propio Peiti, quien...

Medida cautelar con respecto al alambrado entre los terrenos de Indalar y el Puerto

Los terrenos de Indalar
La Delegación San Pedro de la Prefectura Naval Argentina recibió hoy un oficio judicial en el que se la notifica de una medida cautelar en relación al conflicto entre el Consorcio de Gestión del Puerto de San Pedro y la empresa Indalar.
En la última semana, empleados del puerto colocaron un alambrado perimetral en un espacio que Indalar reivindica como propio. El presidente del Consorcio de Gestión, Mariano Veiga, confirmó que los trabajos obedecen a la necesidad de demarcar el lugar, en base a los resultados de una nueva planimetría que determina que ese sector del predio pertenece al Puerto.
La resolución, firmada por el Juez Civil y Comercial José Ricardo Eseverri, resolvió que “bajo la responsabilidad de la parte actora solicitante y previa caución juratoria” se decreta “la media cautelar de no innovar sobre los inmuebles objetos de autos”.
En otra parte de la notificación importan “el mantenimiento del estado de hecho sobre el inmueble individualizado y la abstención de la parte demandada de realizar actos y/o trabajos y/o actividades sobre el mismo”.