La primera campaña municipal de residuos electrĂ³nicos recuperĂ³ mĂ¡s de 2.300 kilos de materiales

El Municipio de San Pedro completĂ³ con Ă©xito la primera campaña municipal de recepciĂ³n y recupero de residuos de aparatos elĂ©ctricos y electrĂ³nicos (RAEE), una iniciativa desarrollada durante los meses de junio y julio que permitiĂ³ recolectar un total de 2.373,7 kilos de materiales en desuso en todo el Partido. La propuesta, llevada adelante a travĂ©s de la DirecciĂ³n de Ambiente de la SecretarĂ­a de Desarrollo EconĂ³mico, se organizĂ³ en dos etapas territoriales. La primera fase se desplegĂ³ en distintos sectores de la ciudad cabecera, instalando puntos de recepciĂ³n en las inmediaciones de la Escuela Normal, la Escuela Industrial, Plaza ConstituciĂ³n y el barrio San Javier. Posteriormente, la campaña extendiĂ³ su cobertura hacia las localidades de Gobernador Castro, RĂ­o Tala, Santa LucĂ­a, Pueblo Doyle y Vuelta de Obligado. Durante el Ăºltimo traslado logĂ­stico, se enviaron 417,4 kilos correspondientes a lo acopiado en las delegaciones del interior del distrito, completando asĂ­ la e...

Prefectura harĂ¡ controles de alcoholemia a timoneles y patrones de barco

A partir del 1 de octubre, la Prefectura Naval Argentina implementarĂ¡ controles de alcoholemia a conductores de embarcaciones deportivas, artefactos acuĂ¡ticos tipo moto o similar y al personal de la Marina Mercante Nacional.
En un comunicado, la Prefectura apela a la responsabilidad de timoneles y patrones de barco para el cumplimiento de la norma.
Ese dĂ­a entrarĂ¡n en vigor las Ordenanzas Nº 2/10 “Control de alcoholemia a conductores de embarcaciones nĂ¡uticas deportivas en jurisdicciĂ³n de la Prefectura Naval Argentina” y nº 3/10 tomo 5 “Control de alcoholemia al personal de la Marina Mercante Nacional”, ambas emanadas por la DirecciĂ³n de Policia de Seguridad de la NavegaciĂ³n de la InstituciĂ³n.
En la primera de ellas se prohĂ­be la conducciĂ³n de embarcaciones deportivas de cualquier tipo a quienes se les detecte un grado de alcoholemia superior a 500 miligramos por litro de sangre y la conducciĂ³n de artefactos acuĂ¡ticos tipo moto o similar a quienes se les detecte un grado de alcoholemia superior a 200 miligramos por litro de sangre.
En la segunda se prohĂ­be el ejercicio de empleos o funciones a bordo al Personal Navegante de la Marina Mercante Nacional y al habilitado por ResoluciĂ³n Ministerial Nº 285/03 y modificatoria, encargado de la conducciĂ³n y gobierno del buque, propulsiĂ³n, practicaje y/o baquĂ­a, cualquiera sea el grado de concentraciĂ³n de alcohol por litro de sangre.
Para efectuar esos controles, la InstituciĂ³n ha adquirido equipos compuestos por alcoholĂ­metros y sus correspondientes impresoras inalĂ¡mbricas, contando con capacidad para descargar los datos obtenidos a una computadora personal.
A partir del 1° de octubre se incorporarĂ¡ la verificaciĂ³n de alcoholemia en operativos rutinarios de control sobre la navegaciĂ³n deportiva y mercante, con la finalidad de ajustar el procedimiento y preservar la seguridad de la navegaciĂ³n, minimizando el riesgo que puede representar la ingesta no moderada de alcohol por parte de quienes se encuentran al comando de embarcaciones deportivas, como asĂ­ tambiĂ©n del personal embarcado, en particular de los encargados de la conducciĂ³n y gobierno del buque, su propulsiĂ³n, practicaje y/o baquĂ­a.
Finalizado este perĂ­odo, a partir del 1° de diciembre, se producirĂ¡ la implementaciĂ³n plena de estas Ordenanzas, originando sus infracciones los correspondientes sumarios administrativos.

MĂ¡ximos
Los valores mĂ¡ximos permitidos son los siguientes:
0,5 para navegantes deportivos.
0,2 para motos de agua.
0,0 para Marina Mercante.