Provincia de Buenos Aires oficializó el Calendario Escolar 2026: las clases comenzarán el 2 de marzo

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires, a través de la Dirección General de Cultura y Educación, oficializó el Calendario Escolar 2026 para todos los niveles y modalidades del sistema educativo bonaerense, con la garantía de cumplimiento de un total de 190 días de clases. La medida, que fue aprobada por unanimidad en el Consejo General de Cultura y Educación, establece el inicio del ciclo lectivo para el 2 de marzo de 2026 en la mayoría de los niveles, incluyendo la Educación Primaria, Secundaria, Técnica, Agraria, Especial y de Jóvenes y Adultos. El cronograma general prevé un receso invernal programado entre el 20 y el 31 de julio, mientras que el cierre de las actividades escolares para estos niveles se producirá el 22 de diciembre. Esta planificación alcanza también a la Educación Artística, los Centros de Educación Física y las áreas de Psicología Comunitaria y Pedagogía Social, asegurando la continuidad pedagógica y la previsibilidad para todas las comunidades educativas del...

Iniciativa para regular la actividad de los comercios de tatuajes y body piercing

El Concejal Adrián Macenet presentó un proyecto de Ordenanza que regula la actividad de los comercios de tatuajes, body piercings, micropigmentación y similares.
El edil agrega que “la búsqueda de normativas tiene un primer objetivo claro: evitar el contagio de enfermedades, entre ellas el SIDA” y considera que “la regulación, lejos de pretender prohibir la actividad, pretende el control sanitario de los establecimientos que ofrecen este servicio, y con ello la protección de la salud de los usuarios y de los profesionales que lo realizan”.
El artículo 3º de la norma dispone que “los artesanos del tatuaje y perforación para poder ejercer su actividad, deberán contar con una licencia que los habilite para tal fin” y que ésta será revalidada cada dos años. También será creado un registro de tatuadores de San Pedro.
Serán personas susceptibles para la aplicación de las técnicas de tatuaje y perforación, aquellas capaces, mayores de dieciocho. Queda totalmente prohibido tatuar o perforar a personas alcoholizadas o bajo el efecto visible de sustancias tóxicas y la práctica ambulante de tatuajes y punciones.