Docentes de la Secundaria 8 reclaman medidas ante los hechos de violencia

Docentes de la Escuela de Educación Secundaria N°8 de San Pedro han elevado una carta a las autoridades educativas regionales y distritales, expresando su profunda preocupación y solicitando urgente intervención ante los crecientes hechos de violencia registrados en el distrito. La misiva detalla el grave episodio ocurrido el pasado viernes 6 de junio, en el cual la madre de una alumna agredió de manera verbal y física a la directora de la institución, Profesora Romina Pascual. Este incidente, según los docentes, "no solo atentó contra la integridad de una autoridad escolar, sino que también expuso a toda la comunidad educativa a una situación de violencia inaceptable dentro del ámbito escolar".

Las empresas de servicios eventuales, eje del reclamo de los gremios a los productores

El reclamo de los gremios rurales a CAPROEM por la posible contratación de empresas “de servicios eventuales” revivió el combate de UATRE contra las cooperativas “truchas” que se extendió por más de una década.

Gerónimo Venegas, Secretario General del gremio, recordó que “venimos advirtiendo a los trabajadores, al sector empresario, al gobierno y a la comunidad en general sobre la existencia de seudo cooperativas que impiden a los trabajadores y trabajadoras el pleno goce de los derechos laborales, y desnaturalizan el origen solidario de ese tipo de asociaciones. Estas entidades se utilizan en forma habitual para evadir los compromisos con la Seguridad Social, perjudicando a los trabajadores en forma directa al impedirles el pleno goce de los derechos labores: salario familiar, obra social, sistema de pensiones y jubilaciones, prestaciones por desempleo, etc."

Sin embargo, el régimen que regula a estas empresas de servicios eventuales las definen como “entidades que, constituidas como personas jurídicas, tengan por objeto exclusivo poner a disposición de terceras personas -en adelante usuarias- a personal industrial, administrativo, técnico o profesional, para cumplir, en forma temporaria, servicios extraordinarios determinados de antemano o exigencias extraordinarias y transitorias de la empresa, explotación o establecimiento, toda vez que no pueda preverse un plazo cierto para la finalización del contrato”.

La Dra. Andrea Fadelli expresa en un informe publicado por el portal “Zapala.com” que “no se trata de empresas para proveer cualquier clase de personal, sino aquel que vaya a cumplir tareas eventuales. Obviamente, no son tales, las que realizan las empresas selectoras de personal, las empresas de colocación de personas u otras similares que, sin embargo, proveen personal, pero encubren su realidad, y son reprobadas por la OIT”.