Normalizan el tránsito en la Ruta 191 tras la remoción de un árbol que obstruía la calzada

Un árbol de gran porte cayó este sábado sobre la Ruta Provincial 191, a la altura del kilómetro 6, lo que provocó una interrupción momentánea en la mano de circulación hacia la ciudad. El incidente derivó en un operativo conjunto de diversas áreas municipales que permitió normalizar el flujo vehicular en pocas horas. ​La emergencia fue atendida inicialmente por personal de Defensa Civil y operarios del equipo de Parques y Jardines, dependientes de la Secretaría de Servicios Públicos. Los equipos trabajaron en el lugar con maquinaria específica para el troceado y la remoción de las ramas que obstruían la calzada, garantizando así la seguridad de los automovilistas que transitaban por la zona. ​Para evitar siniestros viales durante las tareas de despeje, la Dirección de Tránsito de la Secretaría de Seguridad, en colaboración con personal policial, montó un dispositivo de ordenamiento vehicular. Los agentes coordinaron el paso de los rodados y brindaron apoyo logís...

Las empresas de servicios eventuales, eje del reclamo de los gremios a los productores

El reclamo de los gremios rurales a CAPROEM por la posible contratación de empresas “de servicios eventuales” revivió el combate de UATRE contra las cooperativas “truchas” que se extendió por más de una década.

Gerónimo Venegas, Secretario General del gremio, recordó que “venimos advirtiendo a los trabajadores, al sector empresario, al gobierno y a la comunidad en general sobre la existencia de seudo cooperativas que impiden a los trabajadores y trabajadoras el pleno goce de los derechos laborales, y desnaturalizan el origen solidario de ese tipo de asociaciones. Estas entidades se utilizan en forma habitual para evadir los compromisos con la Seguridad Social, perjudicando a los trabajadores en forma directa al impedirles el pleno goce de los derechos labores: salario familiar, obra social, sistema de pensiones y jubilaciones, prestaciones por desempleo, etc."

Sin embargo, el régimen que regula a estas empresas de servicios eventuales las definen como “entidades que, constituidas como personas jurídicas, tengan por objeto exclusivo poner a disposición de terceras personas -en adelante usuarias- a personal industrial, administrativo, técnico o profesional, para cumplir, en forma temporaria, servicios extraordinarios determinados de antemano o exigencias extraordinarias y transitorias de la empresa, explotación o establecimiento, toda vez que no pueda preverse un plazo cierto para la finalización del contrato”.

La Dra. Andrea Fadelli expresa en un informe publicado por el portal “Zapala.com” que “no se trata de empresas para proveer cualquier clase de personal, sino aquel que vaya a cumplir tareas eventuales. Obviamente, no son tales, las que realizan las empresas selectoras de personal, las empresas de colocación de personas u otras similares que, sin embargo, proveen personal, pero encubren su realidad, y son reprobadas por la OIT”.