La Oficina de Atención a las Violencias registró más de 1.800 denuncias durante 2025

  La Oficina de Atención a las Violencias (OAV) difundió un informe detallado sobre su actividad durante el año 2025, en el que se destaca la recepción de 1.847 denuncias , lo que representa un promedio superior a las 154 intervenciones mensuales. El reporte anual de la dependencia, dependiente de la Subsecretaría de Políticas de Género, Mujeres y Diversidad, revela la complejidad de la problemática en el territorio, con picos de hasta 170 denuncias en meses puntuales y un intenso trabajo de articulación con el Poder Judicial. Respuesta judicial y asistencia directa Según los datos suministrados, la OAV tramitó 1.620 oficios judiciales durante el presente ejercicio. En cada respuesta, los equipos profesionales informaron sobre abordajes estratégicos, asistencias realizadas y el seguimiento pormenorizado de las víctimas. Además de las denuncias formales, el organismo registró 750 presentaciones espontáneas o admisiones . En estos casos, el asesoramiento previo resultó clave, ya qu...

Pando propone crear una Oficina Municipal de Defensa del Consumidor

Un proyecto presentado por el concejal Martín Pando retoma una iniciativa abordada en numerosas oportunidades, aunque nunca sostenida en el tiempo: la creación de un organismo que se encargue de la defensa de los derechos de los consumidores.
En particular, el proyecto propone crear en el ámbito del Concejo Deliberante la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor como autoridad de aplicación de la Ley 13.133 “Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios”.
El antecedente más cercano fue el funcionamiento de un organismo similar en el ámbito del deliberativo durante la anterior gestión de Sergio Rosa como titular del Concejo Deliberante.
La Oficina Municipal de Defensa del Consumidor propuesta por Pando estará integrada por un consejo consultivo compuesto por el presidente del HCD, un representante de cada bloque político, un representante del Colegio de Abogados, un representante de cada asociación de defensa del consumidor con personería jurídica actuante en San Pedro y un representante del Departamento Ejecutivo Municipal.

Atribuciones
El quinto artículo del proyecto fija las atribuciones de la Oficina Municipal de Defensa del Consumidor:
a. Prestar asesoramiento y evacuar consultas a los consumidores y usuarios.
b. Brindar información, orientación y educación al consumidor.
c. Fomentar y facilitar la creación y actuación de asociaciones locales de consumidores.
d. Efectuar controles sobre productos y servicios, en la medida que sean compatibles con el régimen de competencias municipal.
e. Recibir denuncias de los consumidores y usuarios.
f. Fijar y celebrar conciliaciones entre el denunciante y la empresa denunciada.
g. Elevar los acuerdos conciliatorios al Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor para que se expida sobre su homologación.
h. En los casos en que no exista conciliación, dictar el auto de imputación correspondiente.
i. Una vez contestado el traslado de la imputación o vencido el plazo para hacerlo elevar las actuaciones al Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor conforme Art. 47, 3er. Párrafo de la Ley nº 13.133.
j. Propiciar y aconsejar la creación normativa protectiva de los consumidores en el ámbito de competencia municipal teniendo en cuenta la problemática local o regional.
k. Colaborar con el gobierno municipal y/o Provincial en la difusión de las campañas de educación y orientación al consumidor.
l. Impulsar y participar activamente en campañas de información, difusión y educación para el consumo.
m. Asistir al Juzgado Municipal de Defensa del Consumidor y del Usuario en todo lo que esté a su alcance.
n. Representar al municipio ante la COPRODEC.
o. Designar un cuerpo de inspectores del área a los efectos de ejercer funciones relacionadas con la defensa y protección de los consumidores y usuarios, como así también disponer lo necesario para la capacitación y perfeccionamiento del personal y del cuerpo.
p. Constatar a través de su cuerpo de Inspectores el cumplimiento de la Ley 24.240 de Defensa del Consumidor, y evitar eventuales infracciones a la misma.