Operativos policiales: Tres aprehendidos por tenencia de drogas, daños y pedido de captura

En una serie de operativos llevados a cabo ayer, personal de la Estación de Policía Comunal San Pedro aprehendió a tres hombres por distintos delitos, según informaron fuentes policiales. En horas de la tarde, efectivos policiales que realizaban tareas de prevención en la intersección de calle Las Provincias y Brenan, procedieron a la aprehensión de un joven de 20 años . Durante la requisa, se le incautó una ínfima cantidad de sustancia vegetal compatible con marihuana . El masculino fue imputado por infracción a la Ley 23.737 (Ley de Estupefacientes) y quedó a disposición de la UFI Nº 7 en turno.

Tres años de prisión condicional para el abusador de dos menores de edad

El Juzgado en lo Correccional Nº 2 condenó a un hombre a la pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional por el abuso sexual reiterado simple de dos menores de 15 y 9 años.
El Dr. Sebastián Zubiri dictó la sentencia en el caso tipificado “abuso sexual sin acceso carnal”, que había sido denunciado en 2007.
La fiscal de la causa, Dra. Gabriela Ates, informó que el imputado, cercano a la familia denunciante, fue acusado de “tocamientos”, algo que consideró de “muy difícil probanza pero no imposible”.
El imputado -cuya identidad no puede darse a conocer para preservar a las víctimas, que tenían con él un parentesco político- se sometió al procedimiento del juicio abreviado con el patrocinio del Dr. Hugo Lima (h). Tanto el abogado como la fiscal convinieron la pena de tres años de prisión de ejecución condicional por “la carencia de antecedentes penales, ser primera condena” y por “estimar que su encarcelamiento sería altamente deteriorante y no resocializador” debido a su “corto tiempo de duración”.
El juez encontró probado que las nenas “fueron abordadas mediante tocamientos y roces con connotación sexual, mediante juegos o actitudes a ese fin”, según relató la Dra. Ates. Las pruebas fueron las declaraciones de las menores prestadas ante la fiscal “quienes describieron con claridad las circunstancias de tiempo y modo de realización, detallando las reacciones de su agresor y los rechazos que realizaban las mismas”, indicó Ates y relató: “El juez las consideró manifestaciones sinceras, coincidentes, receptadas conforme el lenguaje propio de su edad, y les atribuyó pleno valor convictivo”.