El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Oficializaron las medidas contra la gripe A

La Subsecretaría de Salud de la Municipalidad difundió esta mañana su resolución 001/09, en la que oficializa el cese de actividades en varios rubros por la epidemia de Gripe A. Estos son los principales puntos:
Art. 1º.- Ordenar el cierre y cese total de actividades desde las 12 horas del viernes 3 julio, y por 72 horas, de todos los lugares de alto riesgo por su alta concentración de público, locales de expansión nocturna comprendidas en la Ordenanza Nº 5.403/04, Art. 2º, confiterías, bares, restaurantes, shops de estaciones de servicio, cybers, peloteros, cine y demás actividades que sean centros de esparcimiento con masiva concurrencia de público.

Art. 2º.- Suspender las actividades oficiales organizadas en ámbitos cerrados.

Art. 3º.- No autorizar actividades privadas con asidua concurrencia de personas, como así también revocar las autorizaciones ya otorgadas por idéntico plazo.

Art. 4º.- No autorizar actividades deportivas o recreativas programadas por toda organización social del Partido de San Pedro hasta nuevo aviso.

Art. 5º.- Suspender el traslado de pacientes ambulatorios a distintos efectores de salud de mayor complejidad, reservando sólo el servicio de traslado de urgencias.

Art. 6º.- Recomendar a las empresas de transporte extremar las medidas de desinfección de las unidades con posterioridad a cada viaje, circular con ventanillas abiertas, como así también la limitar de la cantidad de pasajeros a la capacidad de asientos existentes.

Art. 7º.- Licenciar el personal de riesgo que presta sus servicios en dependencias municipales.

Art. 8º.- Disponer la clausura de los establecimientos privados comprendidos en el Artículo 1º que incumplan los términos del presente y solicitar la colaboración de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y fuerzas de seguridad nacionales para el control y cumplimiento de lo dispuesto.

Art. 9º.- Recomendar a empresas (industrias, supermercados, carnicerías, mercados, talleres, etc.) y/o actividades no comprendidas en el Artículo 1º del presente, a tomar los recaudos y medidas de prevención establecidas por las autoridades sanitarias.