El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

El Intendente Municipal firmó un decreto que declara la Emergencia Sanitaria por 3 meses

El intendente municipal Mario Barbieri firmó un decreto en el que declara la Emergencia Sanitaria en el partido de San Pedro por el término de tres meses, en relación a la Gripe A.
El decreto señala:

"Art. 1º.- Declárese en todo el territorio del Partido de San Pedro la Emergencia Sanitaria en relación a la Gripe A H1N1 por el término de tres meses.-

Art. 2º.- Ordénase a la Secretaría de Desarrollo Humano y Subsecretaría de Salud la instrumentación de todas las medidas preventivas que entiendan ha lugar conforme el poder de policía municipal y elabore un plan de acción, pudiendo incluso conformar un comité de emergencia a los efectos.-

Art. 3º.- Instrúyese a la Secretaría de Economía y Hacienda para que disponga de las partidas necesarias para atender los requerimientos que le formulen la Secretaría de Desarrollo Humano y la Subsecretaría de Salud.-

Art. 4º.- La Secretaría de Desarrollo Humano y Subsecretaría de Salud deberán informar a la población de las medidas que dispongan y que hagan a la prevención.-

Art. 5º.- La Secretaría de Desarrollo Humano y Subsecretaría de Salud presentarán un informe semanal de las acciones desarrolladas.-

Art. 6º.- El presente Decreto será refrendado por los Señores Secretario de Economía y Hacienda, Secretario de Planificación y Coordinación de Gestión, Secretario de Gobierno, Secretario de Obras y Servicios Públicos, Secretario de Producción y Turismo, Sra. Secretaria de Desarrollo Humano y Subsecretario de Salud.-

Art. 7º.- Comuníquese a quienes corresponda, dése al Registro Oficial y archívese".