Una mujer lesionada tras un accidente de tránsito

  Una mujer de 66 años resultó con heridas leves en la tarde de ayer tras un accidente de tránsito en la intersección de la Avenida 11 de Septiembre y la calle Lucio Mansilla. El siniestro involucró a una camioneta y una motocicleta. El hecho se produjo cuando una camioneta Nissan Frontier, conducida por una mujer de 45 años que resultó ilesa, colisionó con una motocicleta Gilera Smash. La conductora de la motocicleta fue trasladada al hospital local, donde se le diagnosticaron "excoriaciones varias en su rostro", siendo dada de alta a la brevedad.

El comité de emergencia dispuso nuevas medidas para enfrentar la gripe A

El Comité de Emergencia por la gripe A dispuso, en el marco de la crisis sanitaria, adoptar nuevas medidas válidas para todo el partido de San Pedro.
Las siguientes son las resoluciones adoptadas:

Art. 1º.- Suspender las actividades oficiales organizadas en ámbitos cerrados.

Art. 2º.- No autorizar actividades privadas con asidua concurrencia de personas, como así también revocar las autorizaciones ya otorgadas por idéntico plazo.

Art. 3º.- Suspender el traslado de pacientes ambulatorios a distintos efectores de salud de mayor complejidad, reservando sólo el servicio de traslado de urgencias.

Art. 4º.- Recomendar a las empresas de transporte (ómnibus, taxi, remis) extremar las medidas de desinfección de las unidades con posterioridad a cada viaje, circular con ventanillas abiertas, como así también limitar de la cantidad de pasajeros a la capacidad de asientos existentes.

Art. 5º.- Licenciar el personal de riesgo que presta sus servicios en dependencias municipales.

Art. 6º.- Exhortar a los lugares privados de uso público (restaurantes, confiterías, bares, gimnasios, supermercados, salas de eventos, industrias, carnicerías, mercados, talleres, etc.) que arbitren las medidas tendientes a evitar concentraciones de gente y que tomen los recaudos y medidas de prevención establecidas por las autoridades sanitarias

Art. 7º.- Los bares, restaurantes, supermercados y lugares de compras de masiva concurrencia, como toda institución que tiene atención al público (bancos, oficinas municipales u oficiales), deben atender a los clientes de acuerdo a su capacidad, a razón de uno cada 4 metros cuadrados. Si se supera esa cantidad deben esperar fuera del recinto y atender a medida que van saliendo del lugar.

Art. 8º.- Los restaurantes y bares deberán disminuir la densidad de las mesas (tiene que existir una distancia entre la silla de una mesa y la opuesta de la otra, dos o más metros).

Art. 9º.- Exhortar a los titulares de comercios donde se realizan fiestas infantiles no prestar servicios por un plazo de 15 (quince) días.

Art. 10º.- Exhortar a los clubes a no realizar eventos masivos ya sean deportivos y/o sociales por un plazo de 15 días.

Art. 11º.- Recomendar a la población en general evitar participar de eventos de concurrencia masiva.