El Sanatorio COOPSER reanuda la atención para afiliados de Unión Personal y Accord Salud

El Sanatorio COOPSER informó de manera oficial la normalización de sus servicios en consultorios para los beneficiarios de las obras sociales Unión Personal y Accord Salud, luego de un período de interrupción en las prestaciones motivado por incumplimientos financieros. ​La decisión de restablecer la atención médica se fundamenta en la cancelación de una parte significativa de la deuda pendiente que las mencionadas entidades mantenían con el centro de salud. Este avance en las negociaciones permitió destrabar el conflicto que afectaba la cobertura de una amplia nómina de afiliados en la región. ​A partir de este anuncio, los pacientes bajo dicha cobertura técnica están habilitados para solicitar turnos y realizar consultas ambulatorias con normalidad. Los servicios se encuentran operativos para todas las especialidades y profesionales médicos que integran la cartilla del Sanatorio COOPSER, garantizando así la plena vigencia de los derechos prestacionales de los usuarios.

Aprobaron la Ordenanza que regula la nocturnidad y los boliches cierran a las 4.30

El Concejo Deliberante aprobó anoche la Ordenanza que regula los horarios de nocturnidad en el partido de San Pedro.
Si bien un acuerdo entre el Municipio y los dueños de los locales había permitido trabajar en las últimas semanas en una prueba piloto, el tratamiento del tema en el HCD legisla sobre el tema y otorga obligatoriedad a la medida.
A partir del 1º de abril y hasta el 15 de octubre de cada año, el cierre de los locales nocturnos será a las 4.30, mientras que desde esa fecha y hasta el 31 de marzo se extenderá hasta las 5.30.
Quince minutos antes del horario de cierre y cese de actividades deberá finalizar la música y encenderse las luces del local, “procurando una ordenada desconcentración del lugar”.
Quedan involucrados en la medida las confiterías bailables, locales bailables o bailantas, clubes nocturnos, cabarets, dancing, discos, cafés concerts, canto bar, pubs, peñas folklóricas, restaurantes, bares, cervecerías, servi-shop, pizzerías, pancherías, cantinas de clubes y demás comercios comprendidos en la nocturnidad.
También se establece como horario límite para ejercer la actividad y el comercio ambulante de cualquier producto, a las 03:30 entre el 1º de abril y el 15 de octubre, y las 04:30 entre el 16 de octubre y el 31 de marzo cualquiera sea el horario en que haya comenzado la actividad de venta.
Quedan exceptuados de la limitación horaria establecida en la Ordenanza los espectáculos o bailes a desarrollarse en las primeras horas de los días 25 de diciembre y el 1º de enero de cada año. La presidenta del HCD, Norma Atrip, también dijo que las fiestas particulares están excentas.