Amenazó a vecinos y a la policía con un arma blanca: fue aprehendido

 Un hombre de 40 años fue detenido ayer por la tarde luego de amenazar a sus vecinos con un arma blanca e intentar agredir a efectivos policiales. La rápida intervención de las fuerzas de seguridad, alertadas por un llamado al 911, permitió la aprehensión del agresor. El hecho ocurrió en la calle América al 300, donde personal de la dependencia local acudió tras recibir un llamado de emergencia. Al llegar al lugar, los uniformados encontraron al individuo, quien había amenazado a dos vecinos, de 38 y 40 años, con un arma blanca.

Sesiona mañana la Asamblea de Mayores Contribuyentes por el servicio medido de agua no domiciliario

La Asamblea de Mayores Contribuyentes sesionará mañana a las 20:30 para dar tratamiento a la modificación de las Ordenanzas 5509, 5708 y 5711 para la puesta en vigencia del servicio medido de agua no domiciliario.
En primer lugar, se tratará la modificación del artículo 162 de la Ordenanza 5708, que rige “sobre las alícuotas anuales para los servicios de agua corriente y desagües cloacales aplicables sobre la Valuación Fiscal” y para los inmuebles que no tienen valores imponibles fijados, a los que “se establecerá un importe por metro cuadrado de superficie”. También señala que “por el servicio de agua corriente se establecerá un importe por metro cúbico de agua consumida” y que “por el servicio de desagües cloacales se liquidará el 62% de la suma que corresponda en concepto de agua corriente”. Dispone además, entre otras cosas, que “hasta 1000 litros mensuales se cobrará un monto fijo y a partir de allí se medirá por unidad”.
Asimismo, se incorporará el artículo 13º bis de la Ordenanza 5711 que establece las tarifas para los servicios. Para el agua corriente, se establecen los siguientes costos: “4.a. Residencial: $ 77,51; 4.b. Comercial: $ 88,42; 4.c. Industrial: $ 88,42”. Y por los servicios de desagües cloacales residencial: $ 47,87; por los servicios de desagües cloacales comercial e industrial: $ 54,44”. A los valores consignados en los puntos 4 y 5 se le debe agregar el 15% al Fondo OSBA.
También se tratarán modificaciones a otros artículos relacionados con costos de los servicios.