San Pedro celebra la 7° Fiesta de la Naranja de Ombligo con actividades adelantadas

La 7° Fiesta de la Naranja de Ombligo dio inicio este sábado en San Pedro, con una programación que se adelantó debido a las condiciones climáticas. Las actividades comenzaron a las 12:30 tanto hoy como mañana domingo, ofreciendo a vecinos y turistas una variada propuesta que celebra la producción citrícola local. ​El evento cuenta con espectáculos musicales, una feria de emprendedores, diversas propuestas gastronómicas y un espacio central dedicado al trabajo de productores, viveristas y trabajadores citrícolas. En este sector, se destaca una exhibición de embaladores organizada por el Sindicato de Embaladores de la Argentina (SEDA), junto con la entrega de reconocimientos a productores locales por su labor. ​Hasta el domingo 27 inclusive, varias calles del casco céntrico permanecerán cerradas al tránsito para garantizar el desarrollo de la fiesta. Los cortes afectan el perímetro delimitado por las calles J.D. Perón, Pellegrini, 9 de Julio, Mitre y Salta, incluyendo el sec...

Declaran nulas por inconstitucionales las normas internas del Círculo Médico

El Tribunal del Trabajo Nº 1 de San Nicolás declaró nulas por antiestatutarias e inconstitucionales las normas internas del Círculo Médico, a instancias de un amparo presentado por el Dr. Eduardo Liljesthröm.
El fallo, con fecha del 17 de este mes pero hecho público hoy, señala “la inconstitucionalidad de las “Normas para el Ingreso de Socios al Círculo Médico de San Pedro” por resultar conculcatoria” de cinco artículos de la Constitución Nacional, seis artículos de la Constitución Provincial y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
El médico, asesorado por el Dr. Benito Aldazábal, había presentado una acción de amparo contra la Asociación Civil Círculo Médico de San Pedro. El motivo fue el habérsele negado su ingreso a esa entidad en calidad de socio activo pese a cumplir con todos los recaudos estatutarios. En esa oportunidad, también solicitó que se dejara “sin efecto la decisión asamblearia donde se le habría negado el ingreso, disponiéndose en sentencia la incorporación como socio activo a dicha asociación”.
Aldazábal señala en el amparo que se violó el Art. 40 del Código Civil al incorporarse recaudos no previstos en los Estatutos Sociales. Ello, debido a que las “Normas para el ingreso de profesionales” habrían dictadas posteriormente a la redacción de los estatutos sociales.
Asimismo, agrega que la Asamblea Extraordinaria en la que se resolvió rechazar la incorporación del médico omitió convocar y notificar a todos los asociados de la entidad.
El Círculo Médico, por su lado, había manifestado que Liljestrhöm no contaba con los requisitos establecidos para ingresar a la entidad, y que la asamblea que le negó el ingreso “se efectuó en debida forma”.
El fallo ordena al Círculo Médico de San Pedro a admitir al reclamante como socio activo de la institución.
[Más información en la edición de hoy del bisemanario El Imparcial]
[El fallo completo del Tribunal de Trabajo en Documentos San Pedro]