Martilleros sampedrinos promocionan créditos hipotecarios pero desde otros sectores advierten que son buenos solo con estabilidad

La Cámara de Martilleros y Corredores Públicos de San Pedro dio a conocer un comunicado de prensa en el que compartió "algunas de las inquietudes sobre las que se propone trabajar durante los próximos meses a la espera de que se concreten algunas de las reuniones solicitadas para no demorar la exposición sobre cuestiones muy importantes para la continuidad de los proyectos privados que están en marcha". Entre otros puntos, consideran que "ante la reducción o eliminación de la obra pública, la ejecución de proyectos privados aporta no solo mayores oportunidades para quienes deseen invertir en bienes durables, sino también para activar la oferta a favor de quienes están buscando viviendas para alquilar o comprar".

Retiran la cartelería electoral de los espacios públicos


La Municipalidad de San Pedro informó que, tras el desarrollo de las Elecciones PASO y teniendo en cuenta las ordenanzas vigentes retiraron los carteles electorales instalado en espacios públicos. 

Las normativas a las que se da cumplimiento son las "4082" y "5855" del Honorable Concejo Deliberante de San Pedro, sobre “Carteles o Anuncios de Publicidad en la Vía Pública”, 

Esta práctica no está permitida según lo indicado en el Artículo 1° de la norma: 


Art. 1.- Prohíbese a las Instituciones Sociales, Deportivas, Partidos Políticos y cualquier otra Asociación civil o comercial, además de lo dispuesto en los artículos  240*, 241*, 242*, 243*, 246*, 249*, 257* y 258*, de la  Ordenanza N* 3.884 "Reglamento de Procedimientos, Faltas y Sanciones", los anuncios que obstaculicen las señales de tránsito. - Los anuncios colocados, fijados y/o pintados, en monumentos, estatuas, fuentes, edificios públicos. - Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en refugios cubiertos para peatones, postes de paradas de vehículos, de transporte de pasajeros, taxis, papeleras, pantallas y carteleras en la vía pública del dominio público y/o privado municipal sin autorización municipal.- Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en buzones, postes telefónicos o telegráficos, columnas de alumbrado público, casillas telefónicas, árboles y los postes de señalización del tránsito.- Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en los cementerios y los muros que lo circundan.- Los anuncios montados en columnas ubicadas en las rutas nacionales.- Los anuncios suspendidos colgados en la vía pública con excepción de las banderas de remates que se coloquen en los respectivos locales o inmuebles.- La colocación, fijación, exhibición, distribución y/o ejecución de anuncios, sin permiso municipal.- La colocación, fijación, exhibición y/o distribución, ejecución de anuncios en zonas prohibidas y/o todo otro lugar no autorizado por las reglamentaciones vigentes.- Los anuncios comúnmente denominados "pasacalles", suspendidos entre columnas de alambrado público o columnas y elementos de tendido de red eléctrica.- Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en cordones y calzadas señalizadas.-