Martilleros sampedrinos promocionan créditos hipotecarios pero desde otros sectores advierten que son buenos solo con estabilidad

La Cámara de Martilleros y Corredores Públicos de San Pedro dio a conocer un comunicado de prensa en el que compartió "algunas de las inquietudes sobre las que se propone trabajar durante los próximos meses a la espera de que se concreten algunas de las reuniones solicitadas para no demorar la exposición sobre cuestiones muy importantes para la continuidad de los proyectos privados que están en marcha". Entre otros puntos, consideran que "ante la reducción o eliminación de la obra pública, la ejecución de proyectos privados aporta no solo mayores oportunidades para quienes deseen invertir en bienes durables, sino también para activar la oferta a favor de quienes están buscando viviendas para alquilar o comprar".

Proponen que el abogado del niño pueda actuar en cuestiones penales

Un proyecto de ley busca ampliar la competencia del “Abogado del Niño” para que éste pueda representar a los niños y niñas en el ámbito del fuero penal, a fin de garantizar el derecho que les asiste a dichos menores.    
En el ámbito de la justicia bonaerense, el Abogado del Niño, cuyos honorarios cubre el Estado provincial, actúa representando a niños y niñas en el fuero civil, el fuero de familia y en el orden administrativo cuando sus derechos han sido vulnerados, según prevé la ley 14568.

El diputado radical de Cambiemos, Diego Rovella, presentó un proyecto que busca modificar el artículo 1 de esa ley para que la figura del Abogado del Niño pueda actuar en procedimientos penales.
“Más allá de la actuación en procedimientos civiles, familiares y administrativos, y sin perjuicio de la representación que ejerce el asesor de incapaces, el Abogado del Niño deberá tener las mismas prerrogativas cuando se trata de cuestiones de índole penal, lo que no queda especificado en la ley de marras, la 14.568”, explicó Rovella.
El legislador sostiene que “esta nueva inclusión esta sustancialmente apoyada en el artículo 19 de la Convención de los Derechos del Niño, que obliga a los estados parte de adoptar todas las medidas legislativas, administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger al niño contra toda forma de perjuicio, por lo que también los temas penales deben estar bajo la órbita de las prerrogativas del Abogado del Niño”.