Autoridades retomaron las gestiones para la aprobación del Parque Agroindustrial

El Intendente Cecilio Salazar, acompañado por el Jefe de Gabinete Alfredo Carrasco y el secretario de Producción, Industria y Comercio,  Ariel Álvarez, se reunió con la Subsecretaria de Industria y Pymes, Mariela Bembi, para actualizar el progreso del proyecto del Parque Agroindustrial de San Pedro.  Juntos, repasaron el estado de la documentación necesaria para la aprobación final del proyecto, que se encuentra en la última instancia para lograr la certificación definitiva del predio como parque agroindustrial.

Monotributo: el lunes 21 vence el plazo para la segunda recategorización anual

Los contribuyentes inscriptos en el Régimen de Monotributo tienen tiempo hasta el lunes próximo inclusive para efectivizar la segunda recategorización anual, recordó hoy la AFIP. 
El organismo explicó que están obligados a efectuar el trámite “aquellos monotributistas que hayan sufrido modificaciones en sus ingresos o en alguno de los otros parámetros a tener en cuenta al momento de la categorización”. 

Entre esos parámetros, se encuentran: ingresos brutos devengados y la energía eléctrica -consumida en los doce meses inmediatos anteriores-, los alquileres devengados y la superficie afectada a la actividad hasta el último día del cuatrimestre. 
“El contribuyente estará correctamente categorizado cuando se encuadre en la categoría que corresponda al mayor valor de sus parámetros: ingresos brutos, magnitudes físicas o alquileres devengados”, destacó la AFIP, en un comunicado. 
Además, aclaró que si no ha transcurrido un cuatrimestre calendario completo desde el mes de inicio de actividad, inclusive, hasta la fecha de recategorización, no están obligados a cumplir con la recategorización. En tanto, indicó que los contribuyentes que no hayan tenido modificaciones pueden permanecer en la misma categoría abonando el importe que corresponda. 
La semana pasada, el ente recaudador intensificó los controles para excluir del monotributo a quienes realizan gastos o efectúan compras de bienes inmuebles o muebles registrables de carácter suntuario, o que poseen acreditaciones bancarias incompatibles con los ingresos brutos máximos admisibles para sus categorías. 
“A partir del cruce de datos obtenidos de los regímenes de información vigentes y de las tareas de fiscalización de la Dirección General de Recursos de la Seguridad Social, la AFIP excluirá a los que se categoricen incorrectamente”, advirtió el organismo.